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México D.F. Miércoles 22 de septiembre de 2004

Acuerdo en Los Pinos, sin que la PGR determinara si existía delito

El encuentro en la residencia oficial de Los Pinos, efectuado el 6 de abril pasado, en el que prácticamente se dio luz verde al proceso de desafuero en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, tuvo lugar cuando la Procuraduría General de la República (PGR) todavía no determinaba si había o no delito que perseguir por el presunto desacato de una suspensión definitiva de amparo, en el caso del Predio El Encino, en Santa Fe.

Mariano Azuela Güitrón, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), le aseguró en esa ocasión al Presidente de la República, Vicente Fox Quesada; al secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda, y al procurador Rafael Macedo de la Concha, que el Ministerio Público federal no tenía alternativa y tenía que iniciar el procedimiento contra López Obrador.

Sin embargo, para aquel entonces el presidente la Corte sólo tenía conocimiento de la decisión del sexto tribunal colegiado en materia penal del primer circuito, del 17 de febrero pasado, en la que confirmó el amparo a favor de la empresa Promotora Internacional Santa Fe, a efecto de que la Procuraduría General de la República resolviera antes del 19 de abril si ejercitaba acción penal en contra del funcionario capitalino.

En víspera de que venciera el plazo, la PGR solicitó una ampliación de 20 días para resolver en definitiva si actuaba legalmente en contra de López Obrador; finalmente, el 17 de mayo, la dependencia federal concluyó que "en atención a las resoluciones del Poder Judicial de la Federación" y de los datos obtenidos en la investigación, había elementos para acreditar la probable responsabilidad del jefe de Gobierno del Distrito Federal por el delito de violación a la suspensión, previsto en el artículo 206 de la Ley de Amparo.

JESUS ARANDA

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