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Obituario   - NUEVO -

P O L I T I C A
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México D.F. Miércoles 21 de julio de 2004

Querían demostrar que los halcones no dependían de SG

Rechaza fiscalía prueba a Echeverría y Moya

Aceptarla habría demorado la investigación, señalan

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Por considerar que no era necesaria, la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) determinó no aceptar una prueba a la defensa del ex presidente Luis Echeverría Alvarez; al secretario de Gobernación durante su sexenio Mario Moya Palencia, y al ex procurador general de la República Julio Sánchez Vargas, con la que pretendían demostrar que el grupo paramilitar conocido como los halcones no dependía de la Secretaría de Gobernación (SG), como aseguraron varios testigos de cargo.

Además, el Ministerio Público Federal (MPF) determinó que si hubiera admitido esa prueba se habría dilatado la indagatoria relativa a la matanza del 10 de junio de 1971, ocurrida en el Distrito Federal.

Lo anterior forma parte del informe previo justificado -al que tuvo acceso este diario- que entregó la fiscalía al juzgado cuarto de distrito B de amparo, como parte del juicio de garantías que se inició a solicitud de los ex funcionarios mencionados, quienes están como indiciados en la averiguación previa PGR/FEMOSPP/011/2002, la cual podría ser consignada a la autoridad judicial en las próximas horas.

Juan Velásquez, abogado de los tres quejosos, está buscando a toda costa detener las eventuales consignaciones, y su primera herramienta jurídica fue interponer una demanda de amparo (el pasado 7 de julio) contra presuntas violaciones a las garantías de defensa de sus clientes.

Otra estrategia que ha utilizado el litigante tiene que ver con el envío de una carta al fiscal Ignacio Carrillo Prieto -como lo dio a conocer La Jornada el martes de la semana pasada-, que está firmada por sus defendidos y contiene 10 puntos de análisis jurídico, con los cuales solicitaron al funcionario federal que declare prescrita cualquier acción penal que pudiese haber resultado de la averiguación PGR/FEMOSPP/011/2002.

En el documento con el que la Femospp respondió al juzgado cuarto de distrito, destaca el reporte personal de Carrillo Prieto, quien negó los conceptos de violación de garantías manifestados por Echeverría, Moya Palencia y Sánchez Vargas, con el siguiente argumento: "esta autoridad (el fiscal) no es la que ha dictado, promulgado, publicado, ordenado o ejecutado el acto reclamado".

Sin embargo, el agente ministerial adscrito a la Femospp, César Díaz Castro, contestó que el acto reclamado por los quejosos "es cierto", porque "el 7 de junio de 2004 el defensor (de los demandantes) solicitó por escrito (a la fiscalía) que se busque en el Archivo General de la Nación (AGN) constancia sobre lo que se ha dicho".

A este respecto, Díaz Castro indicó que "lo manifestado por diversas personas es que Alfonso Martínez Domínguez (ex regente del Distrito Federal) les había dicho tres o cinco días antes (de los hechos del 10 de junio de 1971) que los halcones habían dependido de Gobernación".

No obstante, continúa Díaz, "el 10 de junio de 2004 el suscrito resolvió que no ha lugar a acordar de conformidad el ofrecimiento de pruebas que realiza el defensor por las razones fundadas y expuestas. Estas razones versan en que no se está cuestionando la veracidad de los testigos respecto a los que hayan declarado (ministerialmente), toda vez que fueron protestados conforme al Código Federal de Procedimientos Penales, y aunado a lo anterior el MPF es una institución de buena fe y puede allegarse de medios para conocer la verdad y la probable responsabilidad de los inculpados".

Asimismo, agrega el informe justificado: "es menester destacar que la prueba ofrecida versa en la búsqueda en el AGN respecto de que sí existe constancia sobre la manifestación realizada por Alfonso Martínez (ante los medios de comunicación) en cuyo escrito no proporciona dato concreto para facilitar la búsqueda, lo que se traduce en una extrema dilación, considerando este MPF que no es una prueba necesaria".

Sin embargo, aunque ya se reconoció la presunta violación a las garantías de defensa de los quejosos, el juicio de garantías mencionado podría quedar sobreseído (sin efectos jurídicos), una vez que la Femospp solicite el ejercicio de la acción penal contra los ex funcionarios.

Mientras que el plazo para las consignaciones vence el próximo 24 de julio, la audiencia constitucional del juicio de garantías está programada para efectuarse cuatro días después.

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