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México D.F. Martes 8 de junio de 2004

Debe ser desechada la demanda de garantías, afirma

Queja de la Cámara por admisión de recurso de amparo de Bejarano

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

El departamento jurídico de la Cámara de Diputados interpuso un recurso de queja contra el juzgado segundo de distrito B de amparo en materia penal, que el pasado 20 de mayo admitió la demanda de garantías presentada por el asambleísta con licencia René Bejarano.

El recurso es analizado por el tercer tribunal colegiado del Distrito Federal, el cual resolverá en los próximos días si el órgano jurisdiccional de primera instancia debe conocer del juicio de amparo con el que Bejarano pretende detener su desafuero.

El pasado viernes, el juez segundo de distrito, Edwin García Baeza, emitió un acuerdo en el que notificó a la defensa de Bejarano respecto a la queja de la Cámara.

De esta forma, el tercer tribunal colegiado ya tiene una copia del juicio 1078/2004 -promovido por el ex perredista- que se desahoga en el juzgado segundo de manera independiente al recurso de queja que deberá resolver dicho tribunal.

Así las cosas, en caso de que el órgano jurisdiccional de segunda instancia acepte el argumento de la Cámara de Diputados, de que la demanda de garantías presentada por Bejarano debió ser desechada por improcedente, y en todo caso seguirse por la vía administrativa, quedaría sin efectos el acuerdo del juez García Baeza y tendría que ser cancelado el juicio. Si el tribunal ratifica la resolución del juzgador, entonces la demanda continuaría siendo estudiada en primera instancia.

En tanto, la audiencia constitucional relativa al mencionado juicio de amparo, que estaba programada para efectuarse ayer, tuvo que ser diferida (la nueva fecha se notificará hoy a Bejarano) debido a que el expediente del asunto carece de varias pruebas periciales solicitadas por la defensa del quejoso.

Como se recordará, el ex perredista solicitó un amparo en contra del procedimiento de desafuero que le inició la Cámara de Diputados, con el argumento de que el Congreso de la Unión no es competente para instruir un juicio de procedencia contra un diputado local, al que tampoco se le imputan delitos federales.

El objetivo de la demanda es, por un lado, combatir la acusación misma de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (por su probable responsabilidad en los delitos de extorsión, delitos electorales y operaciones con dinero de procedencia ilícita) y, por otro, que el juez de amparo desautorice a la Cámara de Diputados para realizar el procedimiento, bajo el supuesto jurídico de que es incompetente porque Bejarano no es un diputado federal y tampoco está acusado por delitos federales, sino del orden común.

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