Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 12 de diciembre de 2002
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Política

Los casinos, fuera del documento; especifica 23 delitos, penas carcelarias y multas

Aprueban el dictamen sobre apuestas y sorteos

CIRO PEREZ Y ROBERTO GARDUÑO

La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos, que no incluye a los casinos.

Son considerados juegos con apuestas la ruleta, dados, cartas o naipes, rueda de la fortuna, máquina tragamonedas, juegos de números, eventos deportivos y competencias transmitidos en tiempo real, que podrán ser captados en centros de apuestas remotas, carreras de caballos que se realicen en hipódromos o carriles, de galgos en galgódromos, peleas de gallos en palenques y frontón, cesta punta o jai alai.

Quedan prohibidos los juegos con apuestas que se realicen de manera virtual o a través de cualquier medio electrónico que no se encuentre expresamente autorizado en la ley. De igual manera, será ilegal la instalación y uso de maquinas tragamonedas sin el aval correspondiente, y en todo caso estarán en cruceros que cumplan con la normatividad internacional.

Se crea una comisión que, entre otras facultades, deberán inspeccionar y vigilar los sorteos. Será un órgano desconcentrado y deberá proteger el proceso de competencia y libre concurrencia en las actividades de juegos y sorteos.

Los permisos para instalar, operar y explotar centros de apuestas remotas, salas de juegos de números, así como el cruce de apuestas en hipódromos y galgódromos, los otorgará esta comisión. Los solicitantes deberán ser personas morales debidamente constituidas; obtener de los gobiernos estatales, locales, del Distrito Federal y demarcaciones territoriales las autorizaciones correspondientes; precisar el origen de las inversiones que realicen; comprobar solvencia económica y exhibir documentos que acrediten la legal propiedad o posesión del inmueble en el que se vaya a instalar el establecimiento de que se trate, entre otros.

Los permisos podrán otorgarse hasta por un plazo de 25 años, dependiendo de las características del proyecto y los montos de inversión. Estos avales podrán ser prorrogados hasta por periodos iguales al original, y podrán cancelar por vencimiento del lapso, la renuncia del permisionario, revocación, liquidación o incluso muerte del permisionario.

Con el propósito de garantizar la seguridad de los usuarios y asistentes a los establecimientos, así como prevenir las conductas ilícitas dentro de los mismos, se mantendrá un registro de las personas empleadas por el permisionario.

El monto de lo recaudado en estos centros será distribuido en partes iguales entre la Secretaría de Hacienda, la Hacienda Pública Estatal y los municipios donde se genere el aprovechamiento.

Existe un apartado de infracciones y sanciones administrativas que especifican 23 delitos, que van desde incumplir las disposiciones y no enterar oportunamente de los aprovechamientos, hasta ceder o transmitir de cualquier forma los derechos y obligaciones derivados de los permisos correspondientes.

Las penas van de cinco a 15 años de prisión y 10 mil a 50 mil días de salario mínimo, de acuerdo con la falta.

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
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