Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 12 de diciembre de 2002
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Política

Proponen crear ley reglamentaria del artículo 27

Candados de PRI y PRD a la privatización eléctrica

ANDREA BECERRIL

Para evitar que aun sin reforma constitucional el gobierno de Vicente Fox siga adelante con la privatización "silenciosa" de la electricidad, en los proyectos de dictamen tanto del PRI como del PRD, que están ya en poder de las comisiones correspondientes, se propone crear una ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia de energía eléctrica.

Con ese ordenamiento se establecen normas muy claras para la participación de particulares en la generación de electricidad mediante las figuras de autoabastecimiento, cogeneración y productor independiente, y se ratifica la responsabilidad del Estado en la prestación del servicio público en la materia.

Hay coincidencias en ambos predictámenes, aunque el del PRI, elaborado por el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Manuel Bartlett Díaz, recoge propuestas del PRD y del Verde Ecologista, y es más puntual y claro en la normatividad que debe tener la inversión privada permitida en la legislación actual, con la finalidad de evitar simulaciones.

En el documento del PRI se precisa de entrada que "mantener la generación, conducción, transformación, distribución y abastecimiento de energía eléctrica como un monopolio nacional no deriva de una posición dogmática, sino que nace de una reflexión acuciosa de las necesidades del país y de los riesgos de la apertura a una iniciativa privada que no tiene como meta principal el desarrollo sustentable.

"Máxime cuando las principales empresas que pudieran invertir en el sector son preponderantemente de capital extranjero, que si bien podrían traer una cierta cantidad de dólares frescos a la economía nacional, a mediano plazo los beneficios económicos irían a las arcas privadas trasnacionales, descapitalizando aún más la industria eléctrica."

El proyecto de dictamen del priísta contiene reformas y adiciones a nueve leyes y ordenamientos, entre éstos la ley que crea la Comisión Reguladora de Energía, la Orgánica de la Administración Pública Federal, la de Ingresos de la Federación, la Federal de Entidades Paraestatales, la de Planeación, la de Obras y Servicios, la de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, la Orgánica de la Comisión Federal de Electricidad y la reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia de energía eléctrica.

Precisiones jurídicas

Es en esta nueva ley que se busca regular adecuadamente la intervención que ha tenido la inversión privada en la producción de energía eléctrica a partir de las reformas de 1992, "estableciendo con mayor precisión cada una de las figuras jurídicas" y definiendo que se trata de una "forma excepcional" que no forma parte de servicio público.

Para ejercer autoabastecimiento, cogeneración, producción independiente, ex-portación e importación de energía eléctrica, y la generación auxiliar para casos de emergencia, debe obtenerse permiso previo y cumplir una serie de requisitos, entre ellos no tener en el presente o futuro un interés específico en beneficios económicos de la enajenación de la electricidad.

En el caso del autoabastecimiento, la propuesta del PRI es que es una figura destinada exclusivamente a satisfacer necesidades de autoconsumo de electricidad, de manera individual -plantas para empresas-, permitiéndose una capacidad de generación de energía de acuerdo con sus necesidades hasta en 10 por ciento.

La limitante "se da con la finalidad de que no se pretendan establecer plantas mayores a las necesidades individuales del permisionario, que luego pretendieran ser vendidas a otros particulares, generando mercados alternos al servicio público".

Contrario a ello, en su predictamen, el Partido de la Revolución Democrática en el Senado deja la posibilidad existente en la legislación actual de que varios individuos se asocien y formen parte de una misma generación. Se establece, sin embargo, una serie de requisitos para evitar las sociedades en las que un solo socio establece la planta.

El PRD posibilita además que los particulares usen las líneas de transmisión de electricidad mediante el pago de porteo, siempre que se establezca contrato con la Comisión Federal de Electricidad, para que ésta estime sus propias capacidades de conducción.

En el proyecto de dictamen del Revoluciuonario Institucional, elaborado por Bartlett, se elimina tal posibilidad y se reglamenta de manera clara también la cogeneración, por lo que la planta generadora debe encontrarse "físicamente contigua" a la empresa en cuestión e incrementar la eficiencia energética al menos en 15 por ciento del total de capacidad.

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