Capital
Ver día anteriorMiércoles 21 de octubre de 2015Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

La aprobada en 2011 y ratificada el año pasado llevaba dedicatoria para Elías Azar, dice

Presenta Morena iniciativa de reforma para impedir la relección en el TSJDF

Mantenerla sólo abonaría al desprestigio del órgano legislativo, señala el diputado Cravioto

 
Periódico La Jornada
Miércoles 21 de octubre de 2015, p. 38

El grupo parlamentario del partido Morena en la Asamblea Legislativa (ALDF) presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) para restituir el principio de no relección del presidente del organismo.

El precepto fue suprimido del artículo 33 de la ley en 2011 por la cuarta Legislatura y lo ratificó el año pasado la anterior, lo que Morena describió ayer como reformas a modo o con dedicatoria para permitir la relección de su actual titular, Édgar Elías Azar.

Al presentar al pleno la iniciativa, el coordinador del grupo parlamentario, César Cravioto Romero, advirtió, sin embargo, que “el espíritu de la segunda reforma –de 2014– no refleja en sí misma la intención del legislador de permitir una relección indefinida”, y en el caso de Elías Azar estaríamos ante su tercer periodo consecutivo, circunstancia que obliga a una indispensable precisión del artículo 33 de la ley.

La ley, agregó, no puede prestarse a ninguna interpretación y para eliminar cualquier tentación releccionista se propone reformar el citado artículo con la advertencia de que mantenerlo en sus términos, a sabiendas de que fueron reformas a modo, sólo abonaría al desprestigio del mismo órgano legislativo.

La iniciativa que presentó ayer Morena –turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, cuando ésta se instale legalmente– señala que el presidente del TSJDF durará en su encargo cuatro años y no podrá ser relecto ni participar en ninguna elección subsecuente para el mismo cargo.

El texto, a modo

La reforma de 2011 se realizó con el único fin de establecer en el texto que el presidente del tribunal, en ese entonces Elías Azar, podrá relegirse por un periodo de cuatro años, por una sola vez y en la reforma del año pasado se acortó el periodo en que el presidente durará en el cargo de cuatro a tres años y podrá ser relecto por una sola vez para el periodo siguiente.

El texto, antes de las sucesivas reformas, establecía que la duración del puesto es por cuatro años y no podrá ser relecto para el periodo inmediato ni ocupar nuevamente el cargo por motivo alguno.

En la exposición de motivos de la propuesta se advierte la relevancia que tiene la presidencia del TSJDF, por las amplias facultades que detenta, además de la representación del organismo, la del Consejo de la Judicatura, así como el nombramiento de secretarios de la presidencia y del pleno; también por manejar el presupuesto, independientemente de la calificación del desempeño que ha tenido la presidencia, lo cual tiene como consecuencia que una contienda para la relección no sea justa y equitativa y, por tanto, resulte una elección antidemocrática.