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En materia energética, elaborarán su plan de gasto sin intervención de la SHCP

Tendrían Pemex y CFE autonomía parcial presupuestaria, prevé iniciativa de reformas

El tema no debe entenderse como ausencia de regulación, indica la exposición de motivos

 
Periódico La Jornada
Domingo 4 de mayo de 2014, p. 6

La iniciativa del titular del Ejecutivo federal para reformar la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en materia energética contempla otorgar autonomía parcial a Petróleos Mexicanos (Pemex) y a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

La exposición de motivos de la reforma presidencial refiere que la autonomía presupuestal no debe entenderse como la ausencia de toda regulación. Ni los órganos constitucionales autónomos que gozan de la más amplia autonomía están desprovistos de reglas mínimas sobre su operación y funcionamiento. Lo que garantiza la verdadera autonomía es que los órganos puedan autogobernarse y aplicar dichas reglas mínimas sin interferencias externas.

Así, el régimen especial de autonomía propuesto sobre la reforma energética retoma algunos elementos del actual régimen que se aplica a Pemex, pero señala el gobierno que va mucho más allá, pues incorpora nuevas actividades y flexibilidades, elimina las restricciones actuales con el fin de otorgar a las empresas productivas del Estado un marco jurídico propio.

El documento aborda cuestiones hacendarias, por lo que los senadores desagregaron el paquete completo y entre las tres iniciativas que llegaron a la Cámara de Diputados se encuentra la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

La triangulación obedece a que la Cámara de Diputados es la única instancia legalmente instruida por la Constitución para abordar temas fiscales y hacendarios.

De esta manera, las disposiciones autonómicas para las empresas productivas del Estado que el gobierno federal propone en el Congreso son las siguientes:

Gozarán, junto a sus empresas subsidiarias, de autonomía presupuestal y sólo estarán sujetas al balance financiero y al techo de gasto de servicios personales que apruebe el Congreso.

Las empresas elaborarán sus proyectos de presupuesto de manera autónoma, pero considerando la estimación preliminar de las variables macroeconómicas que para dicho fin elabore la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

De esa forma, con motivo de su autonomía presupuestal tanto Pemex como la CFE ejercerán su presupuesto directamente sin requerir autorización de la Secretaría de Hacienda, por lo que cada empresa podrá autorizar el aumento de su gasto derivado de ingresos excedentes.

Los consejos de administración de esas empresas podrán autorizar el presupuesto correspondiente a los programas y proyectos de inversión. Para la ejecución de estos se deberá contar con un mecanismo de planeación y de evaluación que considerará las necesidades de gasto a corto, mediano y largo plazos.

Respecto de las adecuaciones presupuestarias propias y las empresas subsidiarias, las llamadas empresas productivas del Estado autorizarán de manera autónoma dos controles externos (auditorías) que revisen la meta del balance financiero y el techo de servicios personales. Para ello se requerirá la autorización de la Secretaría de Hacienda.

También se otorga un régimen especial en materia de servicios personales, bajo el cual las empresas podrán determinar de manera autónoma las distribución del presupuesto destinado a dicho rubro.

Se autoriza a las empresas, con excepción de Pemex y sus subsidiarías, a realizar proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, previstos en la ley de presupuesto.

Con el fin de transparentar el ejercicio de los recursos de la empresa productivas del Estado, especialmente en materia de servicios personales, se incorporan diversas obligaciones de información y transparencia.