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Sociedad

2023-07-27 06:00

Agenda Judicial

Periódico La Jornada
jueves 27 de julio de 2023 , p. 35

Honorarios y explotación al trabajador

Un Tribunal Colegiado, no laboral, de San Luis Potosí emitió la tesis con registro 2026842 afirmando que es explotación del hombre por el hombre, el contrato de honorarios pactado entre el trabajador y su abogado para cobrar la representación y éxito en un juicio laboral contra el patrón. Estiman los Magistrados que, en lugar del 40%, es correcto pagar el 5% que establece el arancel, dado que el salario es el medio fundamental para una vida digna; que el contrato afectaría su patrimonio y dignidad en forma excesiva y desproporcional, además de menguar demasiado la condena y vulneraría su dignidad humana al impedirle ejercer su derecho a recibir un salario justo, afectando el goce y la satisfacción de sus necesidades básicas y su calidad de vida.

Error: el salario no lo paga el abogado que patrocina y triunfa en el juicio, sino el patrón omiso en cubrirlos. Nada tiene que ver el contrato con los salarios adeudados. Es el trabajo del abogado y sólo su resultado favorable, el que genera honorarios: debe vencer en juicio, que puede durar años, y cobrar el pago de la condena. Además, el abogado cubre los gastos del litigio, honorarios de sus colaboradores, gastos de su despacho y más. El cliente aporta sus posibles derechos, y el abogado aporta todo lo demás. El 5% de honorarios apenas cubre los gastos de un juicio laboral.

El debate no debe ser sobre las prestaciones que tiene derecho a recibir el trabajador, sino sobre el trabajo desarrollado por el abogado, quien, además, debió concluir una licenciatura, con la inversión de tiempo y costo implícitos.

La SCJN en las tesis de registros 2017993 y 2009281 resolvió que hay explotación cuando una persona utiliza abusivamente en su provecho, recursos económicos; que el abuso debe generar afectación en la dignidad de la persona. Nada de eso existe en estos casos. Es como si esos Magistrados trabajaran durante años sin cobrar, hasta que todos sus criterios fueran confirmados en contradicción de tesis por los ministros, y en ese caso sólo cobrar el 5% de sus salarios. Una tesis muy opinable.

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“Teoría del conocimiento clásica y epistemología Wittgensteiniana” de Alejandro Tomasini Bassols (Edit. Procesos Editoriales Don José) logra difundir conceptos básicos de la filosofía clásica -conocimiento, verdad, memoria y otros- y las ideas de pensadores recientes, mediante su confrontación con las teorías de Ludwig Wittgenstein, para reafirmar los primeros y evidenciar la importancia de la obra del segundo. Un texto mayor en la difusión filosófica.

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Escuche el podcast “La realidad inaccesible” en “Literatura y derecho” de Ricardo Guzmán Wolffer en Spotify y plataformas afines.

Editor Ricardo Guzmán Wolffer

Sugerencias y colaboraciones: agendajudicial@jornada.com.mx. https://agendajudicialricardoguzmanwolffer.blogspot.com/

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