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Política

2023-02-02 22:48

Inaplicable, Plan B en medida cautelar contra Mejía Berdeja: TEPJF

Ricardo Mejía Berdeja, candidato del PT a la gubernatura de Coahuila.
Ricardo Mejía Berdeja, candidato del PT a la gubernatura de Coahuila. Foto Marco Peláez

Ciudad de México. Al analizar el caso de un incumplimiento de una medida cautelar atribuida al ex subsecretario de Seguridad Pública federal, Ricardo Mejía Berdeja, hoy candidato a la gubernatura de Coahuila, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dijo que no se podía aplicar el nuevo concepto de propaganda gubernamental (incorporado en el Plan B).

Lo anterior porque la reforma a la Ley General de Comunicación Social fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre pasado y la Constitución señala que para que una norma aplique en una contienda, debió de haber estado vigente 90 días antes del inicio del respectivo proceso electoral.

En esta situación, la reforma entró en vigor el 28 de diciembre y el proceso electoral en Coahuila comenzó el pasado 1 de enero.

Mejía Berdeja, actual abanderado del Partido del Trabajo, incumplió medidas cautelares y la Sala Especializada analizó, además, si la infracción implicaba la pérdida del modo honesto de vivir (característica que le impide a una persona ser elegible-candidato a un puesto de elección popular).

Sin embargo, los magistrados establecieron que Mejía y otro servidor público señalado, Jonathan Avalos, no eran reincidentes en infracciones electorales, toda vez que ninguno estaba inscrito en el Catálogo de Sujetos Sancionados por esta Sala Especializada, y por tanto no eran susceptibles de la pérdida del modo honesto de vivir.

Por otro lado, los jueces electorales determinaron que distintos servidores públicos, entre estos, la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, y el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, no incurrieron en actos anticipados de campaña, promoción personalizada ni violaron el principio de imparcialidad al participar en eventos en Coahuila y Querétaro.

El proyecto del magistrado Luis Espíndo, aprobado en esta Sala, señaló que no se identificaron elementos para considerar, las expresiones emitidas en los eventos, violatorias de las normas electorales.

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