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2022-08-17 11:07

Obliga juez a FGJ-CDMX a no usar concepto de “cártel inmobiliario”

en la presentación del caso ante medios de comunicación, el vocero de la FGJ, Ulises Lara, expuso que el ex funcionario Luis Vizcaíno Carmona formaba parte de una organización delictiva denominada “Cártel Inmobiliario”, que presuntamente otorgó múltiples permisos para la construcción de conjuntos habitacionales en la citada demarcación.
en la presentación del caso ante medios de comunicación, el vocero de la FGJ, Ulises Lara, expuso que el ex funcionario Luis Vizcaíno Carmona formaba parte de una organización delictiva denominada “Cártel Inmobiliario”, que presuntamente otorgó múltiples permisos para la construcción de conjuntos habitacionales en la citada demarcación. Foto tomada del Twitter de @FiscaliaCDMX

Ciudad de México. Un juez federal obligó a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a no volver a utilizar el calificativo de “cártel inmobiliario”, para referirse al proceso que se sigue al ex director Jurídico y de Gobierno de Benito Juárez, Luis Vizcaíno Carmona, por el delito de enriquecimiento ilícito.

La suspensión definitiva otorgada por el Juez Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal, con sede en Ciudad de México, marca un precedente en la comunicación social de la institución encargada de perseguir los delitos en la capital mexicana, afirmó su abogado Gabriel Regino.

Argumentó que, “ha sido habitual, por parte de la Fiscalía, utilizar a la comunicación social, como medio de criminalización a las personas que están sujetas a investigación y que ni siquiera han sido llevadas ante la autoridad judicial.

“Esta conducta, que es totalmente reprobable e incluso delictiva, ha sido ya prohibida por la autoridad federal en los amparos que hemos promovido en favor de nuestro representado”, afirmó.

En los argumentos y pruebas presentadas ante el juez, se dejan ver la “cargada institucional para criminalizar al acusado sin que haya sido considerado responsable del ilícito que se le acusa”, indicó.

“Con fundamento en los artículos 128, 139 y 150 de Ley de Amparo se concede la suspensión definitiva para el efecto de que la autoridad responsable, en los comunicados que llegue a difundir a través de la red social YouTube respecto de la detención y proceso penal que se le sigue al quejoso, se abstenga de exponerlo frente a la sociedad y, principalmente, frente a las futuras partes del proceso, como culpable del hecho delictivo.

“Asimismo, se concede la suspensión definitiva para que la autoridad responsable, en lo sucesivo no difunda información valorativa referente al quejoso y sólo tendrá la posibilidad de difundir información acerca del quejoso de manera descriptiva sin mostrarlo como culpable”, detalla la resolución judicial, precisó.

Recordó que, en la presentación del caso ante medios de comunicación, el vocero de la FGJ, Ulises Lara, expuso que el ex funcionario formaba parte de una organización delictiva denominada “Cártel Inmobiliario”, que presuntamente otorgó múltiples permisos para la construcción de conjuntos habitacionales en la citada demarcación.

Mencionó que, la autoridad judicial federal determinó que dichas menciones constituyen una flagrante violación a las garantías constitucionales del procesado, al exponerlo al escrutinio público, como culpable, “en una escandalosa transgresión del derecho a la presunción de inocencia”, señaló.

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