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Economía

2022-07-28 07:29

Por inflación y falta de competencia, seguirá tope de precios del gas LP

Ante la falta de condiciones de competencia efectiva en el mercado del gas LP y un alto nivel inflacionario, la CRE emitió un acuerdo que regulará de manera indefinida los precios del energético.
Ante la falta de condiciones de competencia efectiva en el mercado del gas LP y un alto nivel inflacionario, la CRE emitió un acuerdo que regulará de manera indefinida los precios del energético. Foto Cristina Rodríguez / Archivo

Ciudad de México. Ante la falta de condiciones de competencia efectiva en el mercado del gas licuado de petróleo (LP) y un alto nivel inflacionario, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) emitió un acuerdo que regulará de manera indefinida los precios del energético que es utilizado en ocho de cada 10 hogares del país.

En el Diario Oficial de la Federación, el ente regulador del país publicó el Acuerdo A/023/2022, documento que fue aprobado el viernes pasado en una sesión fugaz y en la que no se detalló su contenido, pero que busca extender las medida de tope de precios implementada desde agosto del año pasado.

“Ante la necesidad de proteger los intereses de los usuarios de gas LP por la creciente inflación y la compleja estructura de este mercado, se publica este acuerdo, el cual podrá ser modificado una vez que se cuente con mayores elementos que permitan continuar desarrollando eficientemente la industria del gas LP”, dijo.

La nueva metodología para determinar los costos del gas doméstico entrará en vigor el 30 de julio, por lo que ese día se publicará la lista de precios máximos para las 145 regiones en las que se divide el país.

El próximo 30 de julio concluirá el tope de precios que se determinó en el acuerdo A/024/2021 y el cual se amplió a través de una prórroga emitida en el acuerdo A/001/2022.

La regulación vigente se derivó de la "Directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas LP”, que emitió la Sener para detener el encarecimiento del combustible observado en la primera mitad del año pasado.

La CRE destacó que a partir de la entrada en vigor de la regulación de precios máximos, el ahorro en el gasto ejercido equivale a 897 pesos por vivienda al 31 de mayo pasado, en comparación con el monto gastado en el consumo del gas LP sin intervención.

Agregó que la medida “permitió la contención del precio”, según el monitoreo que se tiene hasta el último día del quinto mes de este año y se reflejó en disminuciones en el margen de comercialización en la distribución del gas LP, sin dejar de asegurar una tasa interna de retorno positiva en la distribución del combustible.

La CRE “estima que sin una regulación de precios máximos, el precio promedio al usuario final de gas LP podría haber llegado hasta los 35.36 pesos por kilo, con una diferencia aproximada de 11.00 pesos respecto al precio regulado”.

Agregó que esta medida ha permitido que México sea uno de los países miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con menor inflación en energéticos en el tercer y cuarto trimestre de 2021 y el primer trimestre de este año.

La Comisión indicó que 82.5 por ciento del volumen de ventas nacional al usuario final lo concentró la actividad de distribución, 16.5 por ciento se realizó a través de expendios por estación de servicio y el 1 por ciento a través de la comercialización.

Destacó que existen cinco grupos de interés económico que concentran más de 50 por ciento de las ventas al usuario final en la actividad de distribución. Las autoridades energéticas han identificado a las empresas Soni, Uribe, Tomza, Nieto y Zeta Gas como los grupos que dominan el mercado.

La CRE recordó que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) reconoció en un análisis publicado en 2018 que el sector del gas LP en México es complejo, lo cual muestra “signos de falta de competencia”.

El ente de competencia económica señaló en el dictamen preliminar de una investigación de dicho mercado que “hay elementos para determinar que no existen condiciones de competencia efectiva en 213 de 220 mercados relevantes consistentes en la distribución de gas LP no vinculada a ductos”.

El acuerdo señala que en caso de incumplir las disposiciones, los permisionarios podrán ser acreedores a sanciones.

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