Viernes 24 de octubre de 2025, p. 23
Al negar un amparo a una subsidiaria de Televisa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó ayer la reforma de junio de 2014 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), que obligó a todas las empresas concesionarias de servicios de telecomunicaciones a compartir su infraestructura con otros agentes.
Televimex (filial de Televisa) impugnó la reforma al artículo 139 de la LFTR por la que se emitieron los “Lineamientos para el Despliegue, Acceso y Uso Compartido de Infraestructura de Telecomunicaciones y Radiodifusión”. En el amparo en revisión 10/2025, la empresa alegó que la norma vulnera el derecho a la propiedad privada y seguridad jurídica al imponer la obligación de compartir infraestructura.
Sin embargo, la ministra Lenia Batres Guadarrama presentó un proyecto aprobado por unanimidad que negó el amparo, al determinar que la obligación de compartición no constituye un acto privativo de propiedad, y devolvió el expediente a un tribunal colegiado para atender los argumentos de legalidad subsistentes.
“Si bien se trata de propiedad, en este caso, no le impide utilizarla y el fin, además de ser constitucional, tiene una alta incidencia social, porque justamente se busca que se atienda el servicio en las zonas en las que actualmente no se está teniendo cobertura en estos servicios de telecomunicaciones”, señaló la togada.
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, coincidió en la constitucionalidad de la reforma, aunque reconoció que sí se limita el derecho a la propiedad privada.
“Sí existe una limitación o se establecen ciertas condiciones que limitan el derecho de propiedad, porque la empresa que tenga una infraestructura está obligada a compartir la infraestructura con otras empresas; sin embargo, se puede seguir sosteniendo que es infundado (el amparo) porque es un fin constitucionalmente válido, es proporcional, no anula el derecho de propiedad.”












