Política
Ver día anteriorViernes 18 de julio de 2025Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Publica STPS reglas de ley silla para prevenir riesgos por trabajar de pie
 
Periódico La Jornada
Viernes 18 de julio de 2025, p. 10

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó las disposiciones para la prevención de riesgos como parte de la reforma laboral conocida como ley silla, cuyo propósito es establecer los requisitos mínimos para que las empresas provean el número suficiente de asientos para las personas que laboran de pie durante más de tres horas continuas.

Las reglas entraron en vigor a partir de ayer y son obligatorias para todos los centros de trabajo del país que cuenten con personas que realicen tareas o actividades de pie durante su jornada laboral en los sectores de servicios, comercio y análogos, así como –cuando lo permita la naturaleza del empleo– en establecimientos industriales.

De acuerdo con las disposiciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, los patrones deberán realizar un diagnóstico en sus centros de trabajo para identificar y determinar el nivel de riesgos de cada persona con bipedestación prolongada –que labora más de tres horas de pie continuas–, así como las medidas preventivas que se aplicarán para evitar daños físicos, como fatiga muscular, problemas circulatorios, dolor lumbar o de espalda.

El nivel de riesgo de trabajo será determinado como bajo, medio o alto, mediante una serie de parámetros que deberán ser evaluados: el tiempo en que la persona permanece de pie, el espacio disponible para moverse, la posibilidad de cambiar postura, malestares reportados, tipo de superficie, pausas, tareas alternas o complementarias y características del calzado que utiliza.

Con base en lo anterior, las empresas podrán proporcionar asientos o sillas con características como respaldo, altura del asiento, soporte lumbar, capacidad de ajuste, ergonomía, facilidad de movimiento, reposabrazos o reposapiés.

Si bien la dependencia no definió los periodos de descanso, menciona la creación de un programa de pausas activas conforme al resultado del análisis de riesgos.

Las empresas también deben registrar las actas de recorridos de verificación de la comisión de seguridad e higiene del centro de trabajo, los riesgos detectados para cada una de las personas trabajadoras en bipedestación, así como las medidas preventivas a implementar.

En opinión del abogado laboral Diego García saucedo, que se hayan publicado como disposiciones y no como una norma oficial mexicana puede complicar las inspecciones laborales, ya que éstas se llevan a cabo con base en un marco normativo.

La reglamentación acerca de la inspección no menciona disposiciones o lineamientos, sino normas oficiales; (la autoridad laboral) va a tener poco poder para que verdaderamente se vigile el cumplimiento de la ley, subrayó.