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Plantea la protección al agua potable y prohibir la siembra de maíz transgénico

El fracking y la minería a cielo abierto estarían vetados

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▲ El abasto hídrico en zonas de recurrente escasez debe dar prioridad al uso en los hogares, indicó el Ejecutivo federal. La imagen, del reparto de agua en pipas en el valle de México.Foto Luis Castillo
 
Periódico La Jornada
Martes 6 de febrero de 2024, p. 10

La iniciativa de reformas constitucionales en materia de derecho a la alimentación, medio ambiente sano y derecho al agua, destaca la prioridad al uso local del líquido en zonas de escasez –ante el reconocimiento de que en el centro y norte del país se vive una situación crítica–; prohíbe la siembra para consumo humano de maíz transgénico, alimento básico de los mexicanos, así como la entrega de concesiones de minería a cielo abierto y cancela el fracking.

Propone modificar el artículo cuarto a fin de que se establezca que el maíz, alimento básico y elemento de identidad nacional destinado al consumo humano, debe ser libre de modificaciones transgénicas. El país se declara libre de cultivos de maíz genéticamente modificado. Debe priorizarse su manejo agroecológico.

También plantea cambiar el artículo 27 con el propósito de garantizar que el Estado fomente la actividad agropecuaria y forestal bajo el uso óptimo de la tierra libre de cultivos y semillas de maíz genéticamente modificadas. Argumenta que, a diferencia de la mayor parte del mundo donde dicho cereal es para forraje, en México es el alimento más importante, pues cada persona consume en promedio 328 gramos diarios de tortillas.

Señala que la principal característica de los transgénicos es la resistencia a plaguicidas, lo cual es un riesgo para la salud humana, ya que incrementa el uso de esos químicos, en particular el glifosato, y el grano que el país importa ha sido cultivado con una importante dosis de esta sustancia.

Acotar la gestión hídrica

En materia hídrica, la iniciativa establece que en las zonas de escasez sólo se deberán autorizar asignaciones a entes públicos para el consumo personal y doméstico, no se entregarán con fines industriales, para lo cual plantea cambiar el artículo cuarto. Expuso que en mayo de 2023 se hicieron adecuaciones sobre concesiones para minería y agua, las cuales fueron impugnadas, y, en caso de que sean declaradas inválidas, la población quedaría desprotegida, por lo que es urgente y sumamente importante la nueva reforma.

Así, establece nueva redacción para los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de la Carta Magna para impedir prácticas que dañen el medio ambiente y la salud de la población, mediante el veto de las actividades de minería a cielo abierto y del fracturamiento hidráulico para la extracción de hidrocarburos: Prohibir el otorgamiento de concesiones así como las actividades de exploración, explotación, beneficio, uso o aprovechamiento de minerales, metales o metaloides a cielo abierto, con la adición de que se sancionarán a las personas que realicen esas actividades.