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Cuestiona el PRI la legalidad del sorteo de la Lotería con premios en especie del 15 de septiembre
 
Periódico La Jornada
Lunes 19 de julio de 2021, p. 6

Diputados del PRI cuestionaron la legalidad del sorteo que llevarán a cabo la Lotería Nacional y el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (Indep), el próximo 15 de septiembre, en el cual se otorgarán 22 premios en especie, ya que ello, acusan los legisladores, viola los mecanismos establecidos en la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

Ante la duda jurídica, los diputados del tricolor solicitaron, a través de un punto de acuerdo, presentado en la Comisión Permanente, que la Lotería y el Indep envíen un informe al Congreso de la Unión sobre los bienes que serán sorteados en septiembre y el sustento legal para que inmuebles, propiedad de dicho instituto, sean encomendados a la Lotenal para su traspaso.

Argumentan en su propuesta que es indispensable señalar que no se critica en forma alguna la intención de trasladar al pueblo de México, mediante un sorteo, bienes que pudieran haber tenido un origen criminal y que en el proceso se puedan obtener recursos públicos. Lo que buscamos es que el procedimiento se haga correctamente y transparente; que la autoridad pueda hacer única y exclusivamente aquello para lo que está facultada.

Los legisladores refieren que la ley en cuestión ordena como medio legal de traspaso de bienes la donación, licitación, subasta, remate o adjudicación, nunca una rifa, por lo que una eventual entrega de premios, cuya propiedad está en manos del Indep, pudiera ser declarada nula si los propietarios originarios de esos bienes, o quienes los representen jurídicamente, impugnan tal proceso, lo que representaría un descrédito jurídico mayor para la Lotería Nacional y representaría una consecuencia por demás imprevista y negativa para los eventuales ganadores en dicho sorteo.

Aseveran en la solicitud que la ley que regula los procedimientos del Indep no contempla los sorteos o las rifas como un medio legal de transferencia de bienes que se encuentren en posesión del gobierno federal, tampoco puede encomendar a terceros la enajenación o destrucción de éstos.