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Comisión camaral incluye en ley de CNDH el principio pro persona
 
Periódico La Jornada
Viernes 18 de junio de 2021, p. 5

La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados aprobó una reforma para que en la defensa y promoción de los derechos humanos se favorezca en todo tiempo a las personas con la protección más amplia. Se trata de un agregado al artículo 4 de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que se votó ayer por unanimidad de 18 votos en esa instancia legislativa, que incorpora el principio pro persona, en los mismos términos previstos en el artículo 1º de la Constitución, reformado a su vez en junio de 2011.

En el dictamen –que se votó sin discusión y sería debatido hasta el periodo ordinario que empieza en septiembre–, la comisión resalta que los derechos humanos definen las condiciones mínimas que todas las personas requieren para garantizar un nivel de desarrollo y vida digna.

Estos derechos son considerados prerrogativas que tienen su principal sustento en la dignidad humana y cuya realización resulta indispensable para el cumplimiento de la Constitución, tratados internacionales, leyes, códigos y reglamentos, que conforman el marco jurídico mexicano, y dichos derechos son demandas justificadas debido a su importancia ética, agrega.

Al respecto, recuerda que con la reforma constitucional de 2011 se incorporó el principio pro persona, 19 años después de que se creó la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, cuyo objeto es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano.

Para la comisión, inspirar textualmente el principio pro persona en la ley, como una obligación de observancia para la CNDH, en un sentido de protección de los derechos humanos, es viable jurídicamente y armoniza la legislación con el principio de progresividad previsto en la Constitución, el cual a su vez define que todas las autoridades del Estado mexicano incrementarán gradualmente la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos.