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La Corte resolverá si existe omisión legislativa en detenciones de migrantes
 
Periódico La Jornada
Lunes 19 de abril de 2021, p. 3

El Estado mexicano ha incurrido en una omisión legislativa al no permitir que un juez califique la legalidad de la detención de las personas que ingresan al país sin cumplir con los controles migratorios. Así lo señala una propuesta de sentencia presentada por la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Margarita Ríos Farjat, en la cual se plantea ordenar al Congreso de la Unión que subsane su falta este mismo año.

El caso se trata de un amparo interpuesto por un ciudadano venezolano, quien fue detenido por agentes del Instituto Nacional de Migración (INM) en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México en noviembre de 2018.

Aunque el migrante tenía una visa de trabajo, al momento de ser interrogado por los oficiales cayó en inconsistencias, por lo cual el INM determinó su rechazo aéreo; es decir, que la aerolínea que lo trajo a nuestro país debería retornarlo a su punto de origen en el primer vuelo disponible.

Sin embargo, la madre del afectado, quien ya residía en México, solicitó un amparo para su hijo, aun así, se le retuvo en las oficinas del INM durante cuatro días, tras lo cual fue trasladado a la estación migratoria de Las Agujas.

El amparo promovido denunciaba que las leyes mexicanas ignoran lo establecido en el artículo 7.5 de la Convención Americana de Derechos Humanos, donde se establece que todas las personas detenidas, por cualquier autoridad, deben ser presentadas sin demora ante un juez, lo cual no ocurre con los migrantes.

El proyecto de la ministra advierte que sí existe omisión por parte del Congreso al ignorar lo que mandata la convención, pues implica el incumplimiento por parte del legislador mexicano a un mandato sustantivo constitucional de protección a uno de los derechos humanos de mayor relevancia: la libertad.

Esta propuesta será votada en la Primera Sala de la SCJN el miércoles; de aprobarse, se emplazará al Poder Legislativo para que subsane esta omisión antes del 15 de diciembre de 2021.