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Comisiones del Senado aprueban cambios a la ley de consulta; sería anual
 
Periódico La Jornada
Martes 13 de abril de 2021, p. 6

En el Senado de la República, durante una reunión virtual, las comisiones unidas de Gobernación y la de Estudios Legislativos Segunda aprobaron, sin cambios, la minuta que envió la Cámara de Diputados para reformar la Ley Federal de Consulta Popular y la armonizaron con las reformas constitucionales en la materia, por lo que se prevé que en esta misma semana pasen al pleno para su aprobación.

El dictamen, que fue avalado por mayoría en comisiones, propone que las consultas populares podrán ser de periodicidad anual y llevarse a cabo el primer domingo de agosto; además, introduce ese mecanismo de participación ciudadana para temas de trascendencia regional que son competencia de la federación.

Se destaca que el resultado de la consulta popular será vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo y que el Instituto Nacional Electoral (INE) será el encargado de la promoción y difusión de estos ejercicios de democracia participativa.

Con la reforma a dicha ley, aprobada en San Lázaro y enviada como minuta al Senado, los diputados ampliaron los temas que no pueden ser objeto de consulta popular: la permanencia o continuidad en el cargo de las personas servidoras públicas de elección popular, el sistema financiero, el Presupuesto de Egresos de la Federación y las obras de infraestructura en ejecución.

El documento subraya que tampoco podrá consultarse la restricción de los derechos humanos reconocidos por los tratados internacionales de los que México es parte.

Para el caso de temas de trascendencia nacional, los ciudadanos podrán solicitar una consulta popular con el respaldo de al menos 2 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores. Sobre las regionales, se requerirá el mismo porcentaje de las personas inscritas en la lista nominal de electores del estado o entidades que correspondan.

Los ciudadanos deberán presentar una solicitud de petición de consulta ante cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión, cada una contará con 20 días naturales contados desde la recepción para votar el respectivo dictamen.