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Recibe ex comisionado de la PF Facundo Rosas recurso contra arresto
 
Periódico La Jornada
Martes 23 de febrero de 2021, p. 4

Facundo Rosas, ex comisionado de la Policía Federal (PF), recibió una suspensión provisional de una juez federal que evita una posible detención de la Fiscalía General de la República (FGR), ya que la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada lo citó a comparecer. El recurso no impide a la fiscalía arrestarlo en caso de que le imputen delitos graves que ameriten prisión preventiva oficiosa.

El ex funcionario fue uno de los hombres más cercanos a Genaro García Luna –quien fue secretario de Seguridad Pública (SSP) durante el gobierno de Felipe Calderón–, con quien laboró en la AFI y en la desaparecida SSP.

Rosas promovió el juicio de amparo ante el juzgado decimosexto en materia penal en la Ciudad de México el pasado 18 de febrero y como actos reclamados señaló la orden de comparecencia. En su demanda, informó que el pasado 2 de febrero recibió el citatorio de la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas, de la FGR, para que se presente a declarar.

En caso de que alguna de las autoridades responsables acepte la existencia de los actos reclamados, se impone a la parte quejosa la obligación de asistir ante la misma, dentro de los tres días siguientes en que surta sus efectos la notificación que se le haga del acuerdo en el que se tenga por rendido el informe en ese sentido, a fin de responder de los cargos que se le atribuyen, debiéndolo acreditar ante este juzgado dentro de las 24 horas siguientes; asimismo, deberá acudir las veces que sea requerido por la misma autoridad para la práctica de cualquier diligencia relacionada con el expediente correspondiente, indica la resolución.

Asimismo, la juez Yazmín Eréndira Ruiz advirtió a Facundo Rosas que, en caso de incumplir con cualquiera de los requisitos señalados, la suspensión concedida dejará de surtir efectos y las autoridades responsables estarán en completa aptitud de ejecutar el acto reclamado.

La medida cautelar decretada no surtirá efecto si se sorprende a la parte quejosa en la comisión de flagrante delito, si el acto reclamado proviene de autoridades distintas a las señaladas como responsables o si los actos resultan ser distintos a los que se reclaman.