Sociedad y Justicia
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Anula la Corte la ley para atender a personas con síndrome de Down en la Ciudad de México
 
Periódico La Jornada
Miércoles 22 de abril de 2020, p. 35

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down de la Ciudad de México, debido a que no se cumplió con el requisito de consultar al sector de a la población que vive con esta condición.

El ministro ponente, Luis María Aguilar Morales, señaló que, aunque el Congreso capitalino sí realizó una mesa de análisis con representantes de las organizaciones de la sociedad civil que han tratado el tema, no se hizo una consulta directa con las personas con síndrome de Down.

Por ello se emplazó al Legislativo local para que haga esta consulta, mediante una convocatoria pública y abierta, donde se presente el proyecto a discutir en lenguaje de lectura fácil, se escuche a todos los sectores involucrados y se haga del conocimiento de los participantes el texto finalmente aprobado.

Subsanar deficiencias

La SCJN fundó su decisión en el artículo 4.3 de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la propia Constitución mexicana, que señalan que, para la elaboración de leyes sobre personas con alguna condición de este tipo, la comunidad directamente involucrada debe ser consultada.

Los ministros dieron al Legislativo local 180 días para subsanar las deficiencias de esta ley y cumplir con la consulta previa. Mientras este plazo se cumple, seguirá en aplicación el texto de la ley actual, con el objetivo de no dejar desprotegidas a las personas con síndrome de Down.