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Pandemia
Publica en el DOF las actividades esenciales
 
Periódico La Jornada
Miércoles 1º de abril de 2020, p. 2

La Secretaría de Salud hizo oficial este martes los sectores esenciales de actividad que, ante la declaratoria de emergencia por la pandemia de Covid-19, no detendrán actividades. Asimismo, señaló que todas las personas mayores de 60 años deberán quedarse en sus casas, aunque aquellas que estén en ese rango de edad y laboren en áreas consideradas esenciales podrán seguir trabajando si, en forma voluntaria, así lo desean, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El resguardo domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años de edad, estado de embarazo o puerperio inmediato, indica. Incluye a quienes tengan diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardiaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión, insuficiencia renal o hepática, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial.

El personal esencial de interés público podrá, de manera voluntaria, presentarse a laborar, estableció la dependencia en un decreto en el DOF, en el que hace oficiales las medidas anunciadas el lunes.

En las actividades catalogadas esenciales se incluyen todas las relacionadas con la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en el Sistema Nacional de Salud, farmacéutica, equipo médico y tecnologías para la atención en la materia y manejo de residuos.

Otra rama considerada esencial es la de seguridad pública, protección ciudadana y defensa de la soberanía nacional, así como la de procuración e impartición de justicia.

También considera esenciales las actividades financieras y del sector energético, incluida la comercialización de combustibles, así como el suministro de agua, la cadena de productos alimenticios, tiendas de autoservicio, supermercados, abarrotes y venta de alimentos preparados.

Asimismo, servicios de transporte de pasajeros y de carga; producción agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria, industria química, productos de limpieza; ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada; guarderías y estancias infantiles, asilos para personas adultas mayores, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos.

Se suman las actividades relacionadas con telecomunicaciones y medios de información; servicios de emergencia privados, funerarios y de inhumación, de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales y logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles).

Además, las relacionadas directamente con la operación de los programas sociales del gobierno y las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de los servicios indispensables.