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Corte cita el término real malicia si se demanda a algún medio
 
Periódico La Jornada
Lunes 14 de octubre de 2019, p. 13

Para demandar a un medio de comunicación o periodista por alguna noticia u opinión publicada es necesario probar, primero, que actuó con real malicia, es decir, que difundió un hecho que sabía que era falso y con la intención de causar algún daño, indicó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en una tesis de jurisprudencia publicada en el número más reciente del Semanario Judicial de la Federación.

La tesis 1.a/J.80/2019 de la primera sala de la SCJN señala que “la doctrina de la ‘real malicia’ requiere no sólo que se demuestre que la información difundida es falsa, sino, además, que se publicó a sabiendas de su falsedad o con total despreocupación sobre si era o no falsa, pues ello revelaría que se publicó con la intención de dañar.”

En septiembre, La Jornada informó la publicación de otra tesis al respecto, donde la SCJN señaló que la real malicia debe interpretarse siempre para ampliar el margen de la libertad de expresión y no para limitar el ejercicio de este derecho.

La nueva tesis se basa en este principio y advierte que “la imposición de sanciones civiles derivada de la emisión de opiniones, ideas o juicios, corresponde exclusivamente a aquellos casos en que existe información falsa (en el caso del derecho a la información) o que haya sido producida con real malicia (aplicable tanto al derecho a la información como a la libertad de expresión), esto es, con la única intención de dañar.

Esta tesis de jurisprudencia se sustenta en cinco casos resueltos por la SCJN respecto a amparos interpuestos por gobernadores, medios de comunicación y periodistas envueltos en litigios civiles sobre injurias, difamación o daño moral o al honor.

El origen

Todas estas conductas han sido eliminadas de los códigos penales, pero pueden demandarse por la vía civil, donde el ofendido logra obtener, si gana el juicio, una reparación económica o simplemente una retractación y disculpas por parte del autor.

El concepto de real malicia tuvo su origen en Estados Unidos, durante la lucha por los derechos civiles de los años 60 del siglo pasado, cuando la policía de Alabama demandó al periódico The New York Times por publicar un desplegado firmado por Martin Luther King. En el caso, la Corte Suprema de ese país consideró que el diario no había actuado con el ánimo de dañar a nadie y por lo tanto no hubo real malicia.

La nueva tesis de jurisprudencia será de aplicación obligatoria para todos los juzgados y tribunales del país a partir de hoy.