Política
Ver día anteriorJueves 3 de octubre de 2019Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Aplaza juez por cuarta ocasión el fallo sobre las obras para el NAIM

Analizará el estatus de seguridad nacional en el tema// Declara la SCJN inexistente la contradicción de tesis sobre Santa Lucía

 
Periódico La Jornada
Jueves 3 de octubre de 2019, p. 18

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) evitó dar punto final a la controversia sobre si proceden o no las suspensiones en contra del Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM), al tiempo que el juzgado quinto de distrito en materia administrativa aplazó nuevamente la audiencia sobre este caso. Ante la falta de resoluciones, los integrantes del colectivo #NoMásDerroches anunciaron que solicitarán a la Corte atraer el asunto.

Por la mañana, se anunció que por cuarta ocasión el juzgado quinto difirió la audiencia incidental en la que determinaría si procede la solicitud de amparo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), para dejar sin efectos la suspensión definitiva que otorgó a #NoMásDerroches, en contra la construcción de la nueva terminal aérea en los terrenos que actualmente ocupa la Base Aérea Militar Número 1, en Santa Lucía, estado de México.

Sobre el expediente que apareció en las listas de acuerdos, el juez Juan Carlos Guzmán sostuvo que requiere tiempo para resolver si las razones de seguridad nacional, argumentadas por la Sedena, son o no suficientes para levantar las suspensiones que han impedido hasta ahora iniciar las obras del NAIM.

A finales de agosto, la Sedena obtuvo de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad una declaración donde todos sus inmuebles están clasificados como instalaciones estratégicas, incluida la Base de Santa Lucía. Con este estatus se argumenta que detener las obras del NAIM afecta la seguridad nacional y pone en peligro la defensa, integridad y soberanía del país por no permitir el despliegue de tropas.

Si la resolución se da a favor de la Sedena, el juez dejaría sin efecto los juicios promovidos contra la construcción del NAIM.

Por la tarde, la SCJN declaró inexistente un asunto cuyo tema era determinar si existe contradicción de tesis en los criterios sustentados respecto de conceder la suspensión previa solicitada a una obra pública a partir de los requisitos que al afecto prevé la Ley de Amparo.

Los ministros de la segunda sala tomaron esta determinación por unanimidad al considerar que los fallos en aparente contradicción en realidad se trataban de hechos y situaciones jurídicas distintas.

Ante la falta de definiciones sobre el NAIM, el colectivo #NoMásDerroches anunció su intención de pedirle a la SCJN que ejerza su facultad de atracción sobre el asunto; sin embargo, para que sea posible es necesario que uno de los 11 ministros haga suya la petición, y que sus compañeros la aprueben por mayoría simple en una votación.