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Ilegal, bajar percepciones en enero

La ley contra supersalarios está en vigor; el tope es el sueldo de EPN, afirman jueces
 
Periódico La Jornada
Miércoles 7 de noviembre de 2018, p. 13

Jueces y magistrados federales consideran que por haber entrado en vigor ayer (6 de noviembre) la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, los salarios de los impartidores de justicia ya no pueden ser disminuidos, ya que ello implicaría la violación de derechos adquiridos.

De manera directa y en cuentas de redes sociales de integrante del Poder Judicial de la Federación, los juzgadores sostienen que si se hubiera querido que los ajustes salariales se hicieran conforme al sueldo presidencial según el Presupuesto de Egresos de 2019, la ley debió publicarse el 31 de diciembre de este año para entrar en vigor el primero de enero.

En ese contexto, los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se mantendrán ajenos a la discusión pública de los temas en torno a las legislaciones que ordenan disminuir los salarios de los altos funcionarios, y también de los proyectos de reforma que proponen la restructuración del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), toda vez que al máximo tribunal del país le corresponderá analizar –en caso de que se formulen–, los recursos de acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales que se presenten en contra de esas normas, señalaron funcionarios de la Corte.

En su cuenta de Twitter el magistrado federal Carlos Soto señaló que al entrar en vigor la citada ley (el 6 de noviembre, ayer). Estará vigente el sueldo que actualmente recibe el presidente Enrique Peña Nieto (según el Presupuesto de Egresos de 2017). De esta manera, el tope a considerar para salarios judiciales máximos son los que obtiene el actual mandatario de la República, incluyendo todo tipo de bonos, viáticos y demás beneficios, como seguros, etcétera.

El magistrado adscrito a un tribunal en el estado de Puebla señaló en Twitter si en el Presupuesto de Egresos del próximo año se reduce el sueldo del Presidente de la República, la remuneración de los jueces ajustada a los estándares de 2018, ya no puede ser disminuida, so riesgo de violar el artículo que prohíbe reducir los sueldos de los juzgadores.

En ese contexto, juzgadores que solicitaron el anonimato por estar participando en grupos que buscan alternativas jurídicas para combatir la disminución salarial y también las reformas que buscan modificar la actual organización del CJF, señalaron que uno de los posibles recursos a los que podrían recurrir de manera individual o grupal son juicios de amparo en contra de la medida.

Consideraron probable que en cuanto a la disminución salarial se pueda presentar una controversia constitucional que parta desde alguna institución autónoma o bien de alguna fracción del Poder Legislativo, y entonces tocará a la Corte analizar la legalidad de la manera en que se aprobó la norma.