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Tiempos y formas cuestionados

Grave precedente, fallo del TEPJF sobre la multa a Morena: San Martín

En riesgo, capacidad de fiscalización del INE, asegura

 
Periódico La Jornada
Lunes 3 de septiembre de 2018, p. 4

La resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de revocar lisa y llanamente la investigación y multa de 197 millones de pesos a Morena asociada a la creación del fideicomiso Por los Demás, abre un grave precedente para que con la sola ausencia de un vínculo formal los partidos puedan crear esquemas de financiamiento paralelos sin que el Instituto Nacional Electoral (INE) tenga capacidad de fiscalizarlos, advirtió la consejera Pamela San Martín.

Las consecuencias de la decisión de los magistrados superan con mucho el expediente del fideicomiso en sí mismo. La gravedad radica en el impacto de esta decisión lisa y llana, equivalente a cerrar todo el expediente, ya que puede minar las capacidades fiscalizadoras del INE en materia de financiamiento privado. Una situación que se recrudece aún más en momentos en que se plantea reducir el financiamiento público, lo que obligará a los partidos a buscar esquemas alternativos de captación de recursos.

Entrevistada sobre la resolución del TEPJF, la consejera cuestiona los tiempos y las formas que utilizaron los magistrados para resolver el recurso de Morena contra la multa del INE: viernes casi a la medianoche, en momentos específicos donde la atención del país está en otros temas –instalación del Congreso y último Informe de gobierno de Enrique Peña Nieto–, a pesar de la relevancia. Las decisiones fundamentales del INE y del TEPJF deberían adoptarse a la luz pública para generar el mayor debate y transparencia en torno a las mismas.

No sólo las formas son cuestionadas por San Martín, sino el sustento de la decisión elaborada por el magistrado pónente, la incongruencia entre las argumentaciones. Se explicó que hubo falta de exhaustividad en la investigación del INE. Si adolecía de esto, lo congruente hubiera sido haber ordenado abrir al máximo la investigación, no cancelarla bajo el principio de revocarlo lisa y llanamente.

Se cuestiona al INE que no le respetó el derecho de garantía de audiencia al comité técnico del fideicomiso, pero no se ordena reponer la garantía de audiencia, sino se revoca lisa y llanamente. Siempre que el tribunal electoral ha detectado inconsistencias en el procedimiento, ordena al instituto garantizar el derecho de audiencia, no procede a revocar la decisión.

Sólo hay otro caso en el que TEPJF donde también revocó lisa y llanamente una resolucion del INE: la millonaria multa que el entonces Instituto Federal Electoral había impuesto al Partido Verde por la adquisición de propaganda encubierta en televisión.

Al igual que en esta ocasión, sin entrar al fondo, sólo por haber detectado errores de procedimiento, el tribunal revocó una multa de 194 millones de pesos al PVEM, que había contratado publicidad encubierta en telenovelas de Televisa.

Para San Martín, más allá del expediente del fideicomiso que ya está archivado, las más preocupantes consecuencias de la decisión están en el sistema de fiscalización de los partidos.