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Es un paso importante para que el Estado resarza a víctimas

La Ley de Amnistía, reconocimiento de que se criminaliza la protesta: CDHDF
 
Periódico La Jornada
Viernes 27 de abril de 2018, p. 34

Con la aprobación de la ley que extingue penas y delitos imputados a quienes participaron en manifestaciones en la Ciudad de México, entre el primero de diciembre de 2012 y el mismo día de 2015, se reconoce que hubo detenciones arbitrarias y que se criminaliza la protesta y a la juventud, afirmó la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF).

Se trata, señaló, de un paso muy importante para que el Estado se comprometa con las víctimas de violaciones a sus derechos humanos, se avance en el proceso de reparación integral, se defina con claridad el universo de personas beneficiarias y no sea invocada para eliminar la responsabilidad por delitos del orden patrimonial relacionados con daños en bienes del dominio público y propiedad privada, en los cuales pudieran existir terceros involucrados, precisó.

Con ello se reconoce como víctimas a las personas detenidas arbitrariamente por participar en movilizaciones, protestas y actos tendentes al reclamo de demandas sociales en el tiempo referido, y otorga ese estatus a quienes se les hubiere dictado sentencia o se haya iniciado o no procedimiento por los mismos delitos.

Las personas acusadas, procesadas y/o sentenciadas por ataques a la paz pública, ultrajes a la autoridad, rebelión, motín, sabotaje o sedición se beneficiarán de manera inmediata; mientras las sanciones y medidas de seguridad impuestas injustamente serán sobreseídas por los jueces sin restricción ninguna para quienes fueron privadas de su libertad y se encuentran sustraídas de la justicia, indicó.

La CDHDF consideró que se trata de un parteaguas en la garantía de los derechos a la libre manifestación y a la protesta, al convertirse en una herramienta fundamental en el proceso de reparación de las violaciones a derechos documentadas en seis recomendaciones de 2013 a 2016.

Sin embargo, es fundamental que la ley defina que los beneficiarios son quienes sufrieron algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional o, en general, cualquier puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos, como consecuencia de la comisión de un delito o por violaciones a sus derechos humanos.