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Restricción de derechos, una de las objeciones a la normativa reformada hace 10 años

Cerca de 100 mil amparos han interpuesto ex burócratas en contra de la Ley del Issste
 
Periódico La Jornada
Sábado 24 de junio de 2017, p. 14

Hay en la actualidad cerca de 100 mil juicios de amparo interpuestos por pensionados y jubilados de la administración pública federal contra las reformas a la Ley del Issste, aprobadas hace 10 años, que afectaron sus derechos laborales. La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene ya sentencias firmes contra algunos artículos de esa legislación, pero es necesario cambiar al menos cuatro, advirtieron senadores y diputados de los partidos del Trabajo (PT) y Morena.

Se trata de artículos de la Ley del Issste que, según la propia Suprema Corte, restringen derechos al establecer, por ejemplo, una base diferenciada para el otorgamiento de pensiones y la suspensión de los servicios médicos por incumplimiento de obligaciones administrativas de las dependencias, advirtió Vidal Llerenas, diputado de Morena.

Informó que presentó ya ante la Comisión Permanente, una iniciativa, elaborada por la también diputada de Morena, Norma Xóchitl Hernández Colín, para eliminar parte de las modificaciones que se hicieron en 2007 a la Ley del Issste, con la finalidad de dejar a salvo los derechos de maestros y demás trabajadores al servicio del Estado.

Ya hubo un cambio para dar marcha atrás y poder rectificar el artículo 25 de la ley, en noviembre de 2015, pero quedan otros que deben reformarse para acatar lo que la Corte determinó, expuso el legislador.

Por ello Morena propone cambios al artículo 60, a fin de eliminar las restricciones para el reconocimiento de enfermedad cuando no se informa por escrito, porque como está actualmente la ley significa la pérdida de este derecho de los trabajadores.

Igualmente, la iniciativa establece derogar el artículo 136 de la Ley del Issste, ya que resulta violatorio de los artículos primero y 123 de la Constitución, al limitar la pensión por viudez, al obligar, por ejemplo, a que se compruebe que el cónyuge tuvo hijos con el trabajador fallecido. La Corte determinó que ese requisito es inconstitucional, pero sólo se pueden acoger a ese criterio quienes interpusieron el juicio ante el máximo tribunal.

Se propone asimismo derogar el artículo 251, que establece un plazo de 10 años para la prescripción del derecho a recibir los ahorros de la cuenta individual de retiro y modificación a la fracción cuatro del artículo décimo transitorio, con el propósito de eliminar un plazo mínimo para ejercer el derecho de recibir lo que corresponde al último sueldo devengado por el trabajador.

Esto tiene que ver con el salario que se va tomará como base para determinar el monto de la pensión. Bajo la normativa actual, se tiende a tomar un sueldo que no es el que corresponde al que recibió el trabajador durante su último año y entonces la pensión es menor.

La iniciativa cuenta con el respaldo del bloque PT-Morena en el Senado, comentó Layda Sansores. Es una reforma urgente, resaltó, para responder a los cientos de miles de trabajadores afiliados al Issste que debieron incluso recurrir al Poder Judicial para salvar sus pensiones y otros derechos.