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Ministros se pronuncian por proteger la seguridad de funcionarios públicos

Inicia la SCJN análisis de sistema anticorrupción
 
Periódico La Jornada
Martes 13 de junio de 2017, p. 12

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició ayer la discusión de diversos artículos del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA). De entrada, los ministros dejaron claro que aunque las declaraciones patrimoniales y de interes de los funcionarios públicos deben tener este carácter, también debe prevalecer la protección de datos personales y la seguridad de dichos servidores por encima del principio de máxima publicidad.

Al analizar la acción de inconstitucionalidad que presentaron legisladores de minoría de la Cámara de Diputados contra diversos artículos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como del artículo tercero transitorio párrafo sexto del Decreto de expedición del SNA y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, los ministros abordaron por primera vez temas centrales que tienen que ver con las normas que pretenden consolidar una confianza social respecto de las autoridades encargadas de combatir la corrupción.

Coincidieron en términos generales en la validez del artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y destacaron que éste es la norma base del sistema anticorrupción. El debate se centró en establecer si es legal atribuir al Comité Coordinador del Sistema de Seguridad Pública, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitir los formatos para las declaraciones patrimoniales y de intereses de los servidores públicos.

Una minoría de togados se manifestó contra el proyecto –que propone avalar la norma– por considerar que la elaboración de los formatos debe estar precisada en una ley y no que sea a través de Comités que no están regulados. Sin embargo, difícilmente se juntarán los ocho votos necesarios para invalidar la norma, por lo que se prevé que se mantenga vigente.

En cambio, Arturo Zaldívar apoyó el proyecto elaborado por José Ramón Cossío, al afirmar que sería muy complicado que una ley pudiera establecer los formatos. Al final, indicó, alguien tiene que hacerlos y decir qué es dato personal o vida privada en específico, y esto lo va a establecer el Comité Coordinador. Además, subrayó, es muy importante que sea a través de un órgano con una legitimidad ciudadana, como el Comité de Participación Ciudadana.

Javier Laynez apuntó que la información debe ser pública, siempre y cuando no afecte la vida o integridad del servidor, es decir, dato personal que la identifique directamente o la haga de este modo, además de que no sea necesaria para el seguimiento de su incremento o modificación patrimonial en relación con el salario.