Sociedad y Justicia
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Crea dirección general para la nómina

Publica la SEP cambios a su reglamento interno
 
Periódico La Jornada
Viernes 24 de marzo de 2017, p. 44

En las reformas al reglamento interior de la Secretaría de Educación Pública (SEP), difundidas ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se establecen, entre otras modificaciones, las atribuciones de la dirección general del Sistema de Administración de la Nómina Educativa Federalizada.

Entre sus facultades se incluye ser la ventanilla única para que las entidades pueden realizar consultas y solicitudes en materia de servicios personales relacionados con el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y el Gasto Operativo, administrar y operar el proceso de control de plazas relacionadas con el fondo; conciliar los movimientos de servicios personales, y retener los impuestos federales y por concepto de seguridad social, entre otras funciones.

También se crea, como parte de la estructura administrativa de la SEP, la Unidad de Asuntos Jurídicos y Transparencia, y las direcciones generales de Recursos Humanos y Organización, y del Sistema de Administración de la Nómina Educativa Federalizada.

Eliminan pago de derechos

Se elimina, además, el pago de derechos correspondientes por la expedición de copias certificadas que estén en los archivos de las unidades administrativas de las distintas subsecretarías de la SEP, lo que incluye archivos y documentos electrónicos.

El decreto, emitido por el Poder Ejecutivo, y que hoy entrará en vigor, contempla la creación de una coordinación administrativa en cada una de las subsecretarías (Básica, Media Superior, Superior y Planeación), la Oficialía Mayor y la jefatura de la oficina del secretario, a fin de atender sus necesidades financieras, humanas y materiales.

A las direcciones generales de Educación Tecnológica Industrial; Tecnológica Agropecuaria; en Ciencia y Tecnología del Mar; de Bachillerato y de Centros de Formación para el Trabajo, se les otorgan atribuciones para revalidaciones y equivalencias de estudios, así como autenticar los certificados parciales o totales y, en su caso, títulos que expidan los particulares con reconocimiento de validez oficial de estudios en la educación que les toca impartir.