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La CNDH exhorta a reparar daños a dos mujeres en Oaxaca
 
Periódico La Jornada
Sábado 31 de diciembre de 2016, p. 24

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 61/2016, dirigida al gobierno de Oaxaca, por la práctica de un procedimiento de salpingoclasia a una mujer indígena sin su consentimiento, y por violaciones al derecho a la protección a la salud en agravio de una mujer de 23 años, que derivaron en la muerte de su hijo.

En el primer caso, la CNDH atrajo el asunto tras la publicación de notas periodísticas en las que se informó que en el Hospital General de Juchitán de Zaragoza, a una zapoteca le practicaron una salpingoclasia después de dar a luz, sin su consentimiento y sin que se le explicaran los alcances y consecuencias del citado procedimiento.

En el segundo, también ocurrido en ese mismo nosocomio, se documentó que la víctima tenía 36 semanas de embarazo y, al acudir a consultas de control prenatal, se le practicó un ultrasonido tras el cual se determinó que tenía exceso de líquido amniótico, pero en ambas ocasiones fue dada de alta.

Poco después, la mujer acudió a una clínica privada, donde le informaron que tenía 24 horas que el producto de la gestación ya estaba muerto por tener tanto líquido y debía ser internada en el Hospital General.

Al acudir a la clínica referida, el personal médico no se ponía de acuerdo para decidir si la expulsión del producto sería por parto o cesárea, además de que la regañaron.

Por todo lo anterior, la CNDH recomendó reparar el daño a las víctimas y a sus parejas respectivas, conforme con la Ley General de Víctimas del Estado de Oaxaca, que incluya compensación y rehabilitación.

Además, ordenó dar a las dos mujeres atención médica y sicológica por personal profesional especializado de forma continua hasta que alcancen su sanación física, síquica y emocional, y se impartan cursos de capacitación a todo el personal del Hospital General, por personal adecuado y con experiencia en derechos humanos.