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Esa práctica contradice el derecho internacional, argumentan

Senadores de PRI, PAN y PRD buscan derogar la figura del arraigo
 
Periódico La Jornada
Miércoles 21 de diciembre de 2016, p. 5

Senadores de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN) presentaron una iniciativa de reforma para derogar la figura del arraigo del texto constitucional, ya que, sostienen, esa práctica contradice el derecho internacional en el campo de los derechos humanos, lo cual, refieren, ha sido reiteradamente señalado por el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y organismos internacionales.

Priístas, panistas, perredistas y la senadora independiente Martha Tagle hicieron suya una iniciativa ciudadana, misma que presentaron el último día del periodo ordinario de sesiones, que concluyó el pasado 15 de diciembre.

Dicha iniciativa también contiene la propuesta de reformas al artículo 19 de la Carta Magna para eliminar el plazo de 62 horas o de audiencia de vinculación al proceso, ya que, destacaron los senadores, este es otro importante remanente del sistema inquisitivo, la figura del plazo de 72 horas para determinar la vinculación a proceso del imputado.

Detalla el texto de la iniciativa que “la única razón por la que supervive el famoso plazo de las 72 horas es porque durante las negociaciones que tuvieron lugar para la adopción de la reforma constitucional de 2008 –la reforma en materia penal–, muchos concebían que dicha fase servía para salvaguardar las garantías del imputado a que no fuera sometido, arbitrariamente, a prisión preventiva.

Debe recordarse que el auto de formal prisión, como su nombre lo indica, traía aparejada la aplicación inmediata de la prisión preventiva y resultaba evidente la necesidad de dar oportunidad al imputado a defenderse respecto de esa pretensión. La reforma constitucional de 2008, al dejar intocado el sistema e prisión preventiva oficiosa para determinados tipos de delitos, generó la necesidad de contar con un examen de mérito previo, que incluso se extendió a aquellos delitos en los que se discute la necesidad de aplicar la prisión preventiva o alguna otra medida cautelar menos gravosa.

Subrayan los proponentes de la reforma, que resulta innecesario, en un sistema procesal de corte acusatorio que descansa en una metodología de investigación no formalista, y en el que la libertad durante el proceso debe ser la regla general, exista formalmente un plazo para que el juez determine, en la audiencia, el mérito de la investigación del Ministerio Público y si se cumple con los requisitos para iniciar el procedimiento.

Los legisladores destacan que no tendría que existir un análisis de mérito con las consecuencias que hoy por hoy tiene el auto de vinculación a proceso. Su existencia se traduce en la creación de un cuello de botella del sistema, que produce ineficiencia en la persecución penal y, consecuentemente, impunidad.