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Daría impunidad a quienes la cometen

Un error, avalar minuta del Senado sobre trata: diputada
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Más de un centenar de activistas encabezaron ayer en el Monumento a la Revolución una protesta por la guerra contra el narcotráfico, que ha sumido al país en una barbarie con miles de personas asesinadasFoto Marco Peláez
 
Periódico La Jornada
Lunes 12 de diciembre de 2016, p. 5

El PRI en la Cámara de Diputados insistió en que la minuta del Senado que reforma la ley de trata mantiene errores y vacíos que, de avalarse, únicamente darían ventajas e impunidad a quienes cometen este delito.

Ante la insistencia del Senado en que la Cámara de Diputados apruebe la minuta, la presidenta de la Comisión contra la Trata, Julieta Fernández Márquez, resaltó que el documento aprobado por los senadores permitiría la liberación de los ya procesados por ese delito, en especial de los jefes de las organizaciones criminales.

La legisladora recordó que México es el segundo lugar en trata de personas, y a pesar de las reformas legales continúan los casos de este tipo de explotación. Expuso que según datos del Consejo Nacional de Tribunales Superiores de Justicia se ha sentenciado a 618 personas a escala estatal, por agravio a mil 218 víctimas de este delito, y a 19 en el ámbito federal, que involucraron a 49 afectados.

Se han cerrado muchos giros rojos y logrado el rescate de 2 mil víctimas, y todavía en algunos estados no se persigue el delito de trata de personas, indicó.

Fernández Márquez explicó que, en contraste con otros tipos penales, el de la trata es subjetivo, porque se vulnera la dignidad humana y los derechos inherentes.

Redacción contradictoria

Expuso que la redacción de la reforma obliga al cumplimiento de tres supuestos para procesar a un acusado de trata, y si uno de éstos no se comprueba, el caso no continúa.

El citado artículo prevé la sanción para quien para sí o para un tercero consiga, enganche, transporte, traslade, aloje, reciba, retenga, entregue, oculte o transfiera a una persona con fin de explotación mediante la amenaza, el uso de la fuerza, la seducción o el uso de poder.

Así, dijo, si una persona traslada a otra a la frontera con el fin de explotarla sexualmente, pero no la engaña ni usa la fuerza, aunque sea evidente su culpabilidad, ésta no podrá ser declarada culpable.

En el caso del líder de una red de trata, si no tiene ningún contacto con las víctimas, pero es evidente que se beneficia de su explotación, será imposible que con el tipo penal se le compruebe el delito, expuso la legisladora. ¿Alguien puede estar de acuerdo con ese artículo, después de conocer su contenido?, cuestionó.

Ante esa situación, consideró necesario darle un nuevo contenido a ese artículo, para evitar que los vacíos legales y los errores que contiene la minuta del Senado den pie a mayor impunidad.