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Considera excesivas las penas para funcionarios que cometan esa práctica ilícita

Programa universitario propone revisar el proyecto de ley para sancionar la tortura
 
Periódico La Jornada
Miércoles 15 de junio de 2016, p. 6

El Programa Universitario de Derechos Humanos (PUDH), de la Universidad Nacional Autónoma de México, hizo un llamado al Ejecutivo, al Legislativo y a los diferentes partidos políticos a revisar el proyecto de ley general para prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, pues requiere de cambios y adhesiones fundamentales para que alcance sus objetivos.

En un documento enviado a todos los grupos parlamentarios del Congreso de la Unión, al área jurídica de la Presidencia de la República y a la Secretaría de Gobernación, esta instancia universitaria sugirió que en esta ley se establezca expresamente, en la definición de tortura, que los dolores o sufrimientos a los que se someta a las víctimas deben ser graves.

Desde la perspectiva del PUDH, el proyecto de ley –que fue aprobado por el Senado y actualmente está en revisión en la Cámara de Diputados– también debe incluir modificaciones a las penas establecidas para este delito.

Esto porque en el artículo 26 se establece una pena de 10 a 20 años de prisión y de 500 a mil días de multa al servidor público que incurra en este ilícito, lo que es considerado excesivo, tomando en cuenta que el Código Penal Federal asigna al homicidio doloso cárcel de 12 a 24 años. Por ello se sugirió que el castigo para un torturador sea de seis a 12 años. Y es que incrementar las penas por delitos no inhibe a los potenciales delincuentes, sino el saber que el margen de quedar impunes es muy bajo, pues en México sólo a dos de cada 10 delincuentes se les inician procesos.

Otras sugerencias son que en todas las instalaciones de los cuerpos policiacos y de las procuradurías de justicia exista una oficina de combate a la tortura y que en los procesos judiciales se deseche toda declaración obtenida bajo esta práctica ilícita.

El documento del PUDH apunta que en el artículo 27 del proyecto de ley se especifica que las penas por tortura aumentarán cuando se cometan contra niñas, niños, adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y adultos mayores, lo cual es adecuado porque entran en juego bienes jurídicos adicionales o son personas en condiciones de vulnerabilidad. Aunque acotó que no es justificable agregar en esta condición cuando los torturados son migrantes, afrodescendientes o indígenas, pues aunque históricamente dichos grupos han sufrido discriminación y abuso, debe prevalecer el principio de igualdad de todos ante la ley.

También propone crear un instituto autónomo de servicios periciales para la aplicación del Protocolo de Estambul.