Sociedad y Justicia
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El niño requiere segundo riñón por negligencia, indica ministro

Corte atrae amparo contra rechazo del IMSS a subrogar trasplante a menor
 
Periódico La Jornada
Jueves 7 de enero de 2016, p. 37

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo un amparo en el cual se demanda la invalidez de una disposición por la que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se niega a subrogar los servicios médicos de un menor que necesita un segundo trasplante de riñón, el cual puede realizarse solamente en un hospital de San Diego, California.

El caso, sobre el cual la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación en 2012, se refiere a Camerik Kaleb Zwittag Samaniego, quien, debido a la deficiente atención médica que recibió desde su nacimiento, requirió un trasplante de riñón a los seis años de edad, pero por las secuelas necesita otro, a lo cual se ha opuesto el IMSS con el argumento de que el estado de salud del pequeño ya es irreversible.

Ayer, la segunda sala decidió atraer el caso, a petición del ministro Eduardo Medina Mora, quien argumentó que el caso permitirá a la Corte delimitar hasta qué grado el Estado se encuentra obligado a la reparación por virtud de la negligencia del servicio médico consistente en el diagnóstico inoportuno prestado por el IMSS al menor de edad, que incidió en una complicación, constituyendo una violación a sus derechos humanos, el de la salud y a calidad de vida.

Entrevistado al término de la sesión, el padre del menor Carlos Gerardo Zwittag, denunció que el instituto se niega a subrogar el gasto del tratamiento de su hijo con base en lo establecido en el artículo 42, fracción seis, del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, el cual señala que el seguro de enfermedades y servicios médicos institucionales no cubre: procedimientos y tratamientos médico-quirúrgicos no considerados en los instrumentos normativos de la atención médica, los basados en fundamentos no aceptados por la ciencia médica o de dudosa eficacia en el correcto tratamiento de los enfermos. Asimismo, todos aquellos que no cuenten con la aprobación de la Secretaría de Salud para su implantación tanto en instituciones públicas como privadas, así como los que requieran de traslado al extranjero.

Lo anterior, pese a que, según denunció el padre del menor, el 4 de noviembre de 2014, en una reunión, representantes de los directores general y jurídico del IMSS acordaron favorablemente la solicitud de subrogar el costo en un hospital de San Diego.