Capital
Ver día anteriorMiércoles 7 de octubre de 2015Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

No existe sustento jurídico que avale su permanencia otros cuatro años en la presidencia

Magistrados: Elías Azar violaría la ley si se relige en el TSJDF

Pretende invocar reforma de 2014 a la Ley Orgánica

Es incongruente e ilegal, consideran

 
Periódico La Jornada
Miércoles 7 de octubre de 2015, p. 32

La pretensión de Édgar Elías Azar de relegirse por segunda ocasión de presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) sería una violación flagrante a la ley, y peor si es cometida por el órgano encargado de la impartición de justicia en la capital del país, afirmaron magistrados que forman el pleno que votará la designación de quien dirigirá dicho órgano en los siguientes tres años.

No hay sustento jurídico que avale la intención del actual magistrado presidente, quien ya ejerció su derecho de ser titular del órgano judicial, porque la ley es clara al señalar que quien lo ejerce, se consume y se extingue, expuso la magistrada Petra Quezada, quien en las dos sesiones anteriores del pleno expuso los argumentos jurídicos de por qué no puede haber una segunda relección.

El magistrado José Guadalupe Carrera recordó que la no relección es un principio básico de la Constitución, que se cumple en cargos relevantes como los de Presidente de la República, gobernadores e incluso en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los magistrados citados forman parte del grupo de impartidores de justicia que se han opuesto abiertamente a la relección de Elías Azar por segunda ocasión, porque precisamente para eso se hizo la reforma al artículo 33 de la Ley Orgánica del TSJDF en 2014, porque los cuatro años de gestión con opción a relegirse por un periodo similar eran un tiempo muy largo para permanecer en el puesto, por lo cual es incongruente e ilegal que Elías Azar quiera ampliar a 12 años su gestión, advirtieron.

La magistrada Rosalba Guerrero recordó que Elías Azar entró en funciones en 2008, cuando la Ley Orgánica no preveía la relección. En 2011 se modificó el citado artículo, lo que le permitirá mantenerse como presidente hasta el 31 de diciembre próximo, día en que cumplirá ocho años en el cargo.

La modificación al artículo 33 Elías Azar la quiere utilizar como una nueva elección, pero se vea como se vea, es una relección si se postula como aspirante, afirmaron los magistrados.

José Guadalupe Carrera añadió que la reforma de 2011 ya se agotó, porque se cumplieron los cuatro años, y la reforma de 2014 aplica para el próximo presidente, pero si él (Elías Azar) se relige, habría algunas violaciones a la ley, porque se estaría hablando de tres relecciones.

Además, los magistrados expresaron que el artículo 122 de la Constitución, en la base cuarta, fracción dos, señala que el presidente del tribunal será el mismo del Consejo de la Judicatura y éste durará en el cargo cinco años, sin que pueda ser electo de nueva cuenta y con los ocho que lleva, Elías Azar estaría violando la norma. Finalmente, la falta de estado de derecho ya llegó al tribunal, lamentaron los magistrados, quienes reconocieron que es por algunos de sus pares, que lo han avalado.