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El pleno del Inai resuelve siete recursos de particulares contra la comisión

CNBV deberá entregar documentos sobre multas y la intervención gerencial a Ficrea

Está obligada a revelar informes de la inspección a la sociedad financiera contra lavado de dinero

 
Periódico La Jornada
Jueves 30 de julio de 2015, p. 14

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) entregar copia de los documentos relacionados con la intervención gerencial, observaciones, multas y apercibimientos impuestos a Ficrea, Sociedad Financiera Popular.

Por unanimidad, el órgano colegiado resolvió siete recursos de revisión interpuestos por particulares en contra de la CNBV, porque interpuso la reserva de la información, argumentó su inexistencia, la entregó incompleta o proporcionó otra que no correspondía a la requerida.

El pleno del Inai instruyó a la CNBV entregar versión pública de los documentos que dan cuenta de las multas y apercibimientos aplicados a Ficrea, entre el primero de enero de 2010 y el 7 de noviembre de 2014.

Determinó que se debe proporcionar versión pública del oficio de observaciones número 123/100877/2014, del 26 de junio de 2014, y el correspondiente a la Visita de Inspección Especial en materia de prevención de lavado de dinero.

Asimismo, buscar y dar a conocer los informes actualizados que le entregó el Interventor Gerente de Ficrea, entre 22 de diciembre de 2014 y 27 de marzo de 2015, que contienen: relación de bienes y derechos a valor real cedidos en pago a la sociedad financiera, los cuales se encontraban en posesión de LeadmanTrade y de Baus & Jackman, así como avances de la intervención gerencial, en los que dicha firma reconoce adeudos y, mediante la dación en pago, entregan bienes a Ficrea.

También instruyó precisar fuente, lugar y forma en que se puede consultar la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y la página de Internet con la información referida a la autoridad competente para recibir una reclamación relacionada con un contrato de crédito celebrado con una sociedad financiera popular.

De igual manera, determinó buscar y entregar alguna expresión documental que pudiera dar cuenta de los motivos por los cuales el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes no ha aceptado el cargo de liquidador.

El Inai, además, ordenó a la CNBV buscar y dar a conocer el documento mediante el cual confirmó a HR Ratings que desde 2012 sabía de la triangulación de Ficrea en sus contratos, así como indicar fuente, lugar y forma en la que se puede consultar el documento de la autorización para la operación de la Federación Atlántico Pacífico de Entidades de Ahorro y Crédito Popular, como federación, en términos de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.