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Emite la Comisión Permanente el decreto de reforma constitucional

Facultan al Congreso para legislar sobre desaparición forzada de personas y tortura

Respaldan 19 legislaturas estatales la modificación al artículo 73 de la Carta Magna

 
Periódico La Jornada
Jueves 18 de junio de 2015, p. 9

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión formuló ayer la declaratoria de la reforma constitucional que faculta a esa entidad a legislar en materia de desaparición forzada e involuntaria de personas.

La declaratoria la hizo el presidente del organismo, Miguel Barbosa, después de que 19 congresos estatales –justo la mayoría requerida– apoyaron la modificación al artículo 73 de la Carta Magna, que también faculta a legislar sobre tortura.

El perredista Zoé Robledo manifestó en tribuna que la reforma “no es una victoria de los políticos y de funcionarios que rechazaron durante años que ese delito se esté cometiendo cotidianamente en el país. Es un triunfo de la sociedad, de las víctimas y de casos como el de Rosendo Radilla –desaparecido por militares en Guerrero durante la denominada guerra sucia, que llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Robledo abundó: ante la cerrazón, ante los oídos sordos y muchas veces ceguera del gobierno y sus representantes, también legislativos, no se había logrado reconocer que estos delitos ocurren de manera sistemática en nuestro país.

Por su parte, el senador priísta Arturo Zamora señaló que en las leyes secundarias en materia de desaparición forzada se tendrán que definir los tipos penales en delitos de esa naturaleza.

Destacó: no debemos soslayar en el análisis y la capacidad de legislar las formas de autoría y participación en la comisión de delitos, el tema de la prescripción o la no prescripción de los mismos.

Por el PAN, la senadora María del Pilar Ortega subrayó: esta declaratoria es trascendente y relevante para la vida de nuestro país en materia de derechos humanos. Es relevante porque, de acuerdo con esta declaración, todo acto de desaparición forzada constituye una violación de la normativa internacional que garantiza a todo ser humano, entre otras cosas, los derechos al reconocimiento de su personalidad jurídica, a la libertad y a la seguridad personales, y a no ser sometido a tortura ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Recordó a los diputados y senadores integrantes de la Comisión Permanente que debemos atender el informe del Comité de la Organización de Naciones Unidas Contra la Desaparición Forzada, donde se señalan tres elementos o tres recomendaciones.

Primero, refirió, ese comité informó que México no cuenta con un registro nacional sobre desapariciones forzadas; segundo, que el país debe redoblar sus esfuerzos con miras a prevenir e investigar desapariciones de migrantes que cruzan por el país hacia Estados Unidos y, tercero, que existen serias dificultades en la práctica en materia de busca de personas desaparecidas o identificación de restos, y en particular la búsqueda de personas desaparecidas, que no siempre comienza de manera inmediata.