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Permitir su registro como candidato sería aceptar un fraude, asegura magistrada

Confirma el TEPJF que Ebrard está fuera de la contienda electoral

El tribunal resuelve que el INE entró en desacato al permitir que fuera abanderado suplente

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En la oficina de Marcelo Ebrard Casaubon –quien está fuera de México– se dio a conocer que el ex jefe de Gobierno del DF no haría declaraciones sobre el retiro de su candidatura. La imagen, en septiembre de 2014Foto Carlos Ramos Mamahua
 
Periódico La Jornada
Sábado 23 de mayo de 2015, p. 5

Por unanimidad, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) canceló a Marcelo Ebrard Casaubon cualquier posibilidad de contender en el proceso electoral en curso.

Los magistrados advirtieron que el Instituto Nacional Electoral (INE) incurrió en desacato al otorgar al ex jefe de gobierno capitalino la candidatura a diputado federal suplente por el partido Movimiento Ciudadano.

Los magistrados subrayaron que ya había una sentencia firme de esta sala superior, cosa juzgada en sentido contrario, emitida en abril pasado por este tribunal, cuyas decisiones son definitivas e inapelables.

Permitir el registro de Marcelo Ebrard como candidato suplente, aprobado por la autoridad responsable, resultaría aceptar un fraude a la ley e implicaría que esta sala superior aceptara que sus sentencias carecen de fuerza vinculante para las partes, lo cual para mí es inaceptable porque socavaría la esencia misma de la función constitucional de este tribunal, advirtió la magistrada María del Carmen Alanís.

Manuel González Oropeza, ponente del caso (derivado de un recurso de apelación presentado por el PRD en contra de la decisión del Consejo General del INE), aseveró que no se puede evadir una sentencia en la que se determinó que la candidatura de Ebrard es ilegal.

Decisión errónea

“El Instituto Nacional Electoral, al validar un nuevo registro de Marcelo Luis Ebrard Casaubón, ahora como candidato suplente, incurrió en desacato de la sentencia dictada por esta sala superior, ya que erróneamente consideró que existe una diferencia relevante entre el registro de una candidatura por la vía ordinaria y la que se realiza mediante la sustitución.

De no asumir la presente interpretación, esta sala superior se enfrentaría a la situación de considerar que, al postularse como candidato suplente, posee cualidades propias y diferenciadas, se lee en el proyecto de resolución, aprobado tras una larga exposición de los magistrados, todos con el mismo criterio para este asunto. En la sesión no participó el magistrado Salvador Nava, por encontrarse de comisión.

González Oropeza explicó que para la resolución de ayer no se tomó en cuenta la inelegibilidad o suspensión de derechos políticos-electorales, porque se trata de una sentencia firme emitida con anterioridad.

Movimiento Ciudadano entregó a la sala superior del TEPJF, apenas minutos antes del inicio programado, alegatos con base en los cuales solicitaba que no se aplicara el criterio de dicha sala.

En el proyecto de resolución se indica que la ley no diferencia requisitos para la calidad de la candidatura: propietarios y suplentes.

Desde la sesión del 29 de abril, el tribunal anuló la candidatura de Ebrard por haber participado en dos procesos de selección de candidato para distintos partidos políticos (PRD y MC), lo cual, a juicio de los magistrados, es una prohibición legal insubsanable.

González Oropeza hizo énfasis en que la fuerza del precedente judicial sea respetada. Los registros de Ebrard, dijo, conculcaron la ley, y ya fue un tema que fue sujeto de análisis y de resolución.

“En el juicio 125, cuya inejecución estamos ahora discutiendo, se declaró la no prohibición de registro de Marcelo Ebrard como candidato, no como abanderado propietario, por haber infringido la ley electoral… pero ahora lo que nos preocupa en este incidente es que la fuerza del precedente judicial sea respetada”, señaló.

Flavio Galván hizo un análisis acerca de la cosa juzgada, por lo que, expresó, no me queda ninguna duda del incumplimiento de la sentencia.

Comentó que en el momento en que el Consejo General del INE registra a Marcelo Ebrard como candidato suplente, incumple la resolución del tribunal. Aquí no hay más hecho que, evidentemente, la sentencia no fue cumplida, dijo.