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Tipificar delito de desaparición forzada no depende de un juez

Desmiente PGR a subsecretario de la SRE
 
Periódico La Jornada
Miércoles 25 de marzo de 2015, p. 9

Tipificar el delito de desaparición forzada de personas en el caso de los 43 estudiantes de Ayotizanapa no es responsabilidad del juez federal que lleva la causa, sino de la clasificación del ilícito que consignó la Procuraduría General de la República (PGR).

Fuentes judiciales precisaron que el hecho de que el Ministerio Público Federal consignara al ex alcalde de Iguala (José Luis Abarca) por el delito de secuestro y delincuencia organizada, y no por desaparición forzada, tiene como consecuencia que el ilícito no sea considerado de lesa humanidad, lo que favorecería al Estado mexicano ante una eventual demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Mientras el gobierno mexicano mantenga la tesis del secuestro, llegará el momento en que pueda suspender la búsqueda de estudiantes, porque no se trata de un delito de lesa humanidad y por tanto prescribe, apuntaron.

Los funcionarios descalificaron las afirmaciones del subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Juan Manuel Gómez Robledo, quien la víspera sostuvo que depende del Poder Judicial la decisión de aceptar desaparición forzada en este caso, lo que pidió el grupo de expertos independientes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

De acuerdo con la PGR, añadieron, Abarca entregó a los jóvenes al grupo delictivo Guerreros Unidos, el cual presuntamente los mató e incineró en el basurero de Cocula, por lo que no se cumple con lo estipulado en el artículo 215-A del Código Penal Federal, que señala que el responsable de desaparición forzada es aquel funcionario que detenga legal o ilegalmente a una o varias personas y ‘‘propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento’’.

A pesar de que el entonces procurador Jesús Murillo Karam había declarado que consignaría por desaparición forzada a los responsables de esos hechos, el 27 de enero pasado sostuvo que, con base en ‘‘la verdad histórica de los hechos’’, la PGR acusaría a la mayoría de los involucrados de secuestro agravado, que se ‘‘consolida’’ con el homicidio de la víctima y que puede alcanzar una pena de 140 años de cárcel.

Hace unos días, Vidulfo Rosales, abogado de los padres de los normalistas, dijo que el juez denegó la orden de aprehensión en contra de Abarca y los policías de Iguala por desaparición forzada, debido a que la PGR no especificó si la conducta en que incurrieron fue homicidio o desaparición forzada.