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Tendrán voz los indígenas del DF, más allá de las políticas públicas

Entregan a la ALDF un anteproyecto de iniciativa de ley para proteger sus derechos

Se busca consolidar a la ciudad de México como la capital social del país

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Nopaleras en la delegación Milpa Alta, una de las zonas rurales del Distrito FederalFoto Marco Peláez
 
Periódico La Jornada
Martes 24 de marzo de 2015, p. 27

El Comité de mecanismo de consulta para la ley de pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes de la ciudad de México entregó a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) un anteproyecto de iniciativa de ley que considera la protección de sus derechos sobre la tierra, tradiciones e imagen de su territorio y recursos naturales.

El artículo 92 de la iniciativa obligaría a las autoridades locales a promover la legalización y titulación de las tierras de estas comunidades, así como adoptar una política consistente y eficaz para contener la mancha urbana.

El artículo 106 de la iniciativa, entregada este lunes al presidente de la Comisión de Gobierno de la ALDF, Manuel Granados, señala que en los pueblos y barrios originarios del Distrito Federal “no se construirán tiendas departamentales, conjuntos habitacionales –ni privados ni de interés social–, tiendas de conveniencia ni establecimientos mercantiles, sean trasnacionales o nacionales”.

De la misma forma, añade que tampoco se establecerán servicios privados concesionados de parquímetros y valet parking dentro de los polígonos de los pueblos y barrios originarios, ya que todo esto impacta negativamente en la economía y desarrollo interno de los mismos.

El artículo 108 señala que en caso de construcciones fuera de las poligonales de las comunidades originarias, las autoridades competentes tendrán la obligación de realizar estudios de factibilidad y no afectación a estos pueblos y barrios.

La fracción 25 del artículo 25 marca el derecho de estas comunidades a acceder al uso, disfrute y gestión de sus lugares sagrados, en tanto que en el artículo 11 garantiza el derecho a la libre determinación y el ejercicio de la autonomía de estos pueblos, sujetándose a los principios generales de la Constitución y del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

El artículo siete reconoce a los pueblos originarios y comunidades indígenas como sujetos de personalidad jurídica propia.

Se trata, señaló Hegel Cortés, secretario técnico del comité, de que el anteproyecto sea la base para diseñar y generar políticas públicas de avanzada que consoliden a la ciudad de México como capital social y la principal capital indígena del país.

Este sector, tradicionalmente discriminado, tendrá voz más allá de las políticas públicas de que son sujetos, como seguro de desempleo, atención en clínicas o movilidad. Contempla también la aplicación de sanciones para mayordomos, funcionarios o autoridades que no la atiendan apropiadamente, que van desde multas e inhabilitaciones hasta la separación del cargo, señaló.