Sociedad y Justicia
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Debe asegurar instalaciones y servicio sin discriminación, señala

El proyecto no garantiza el derecho humano al recurso, afirma ONG
 
Periódico La Jornada
Viernes 27 de febrero de 2015, p. 47

La iniciativa de ley general de aguas que ingresó ayer a la Cámara de Diputados no garantiza el derecho humano al recurso, ya que destina apenas 50 litros diarios por persona, pero sólo si se encuentran en asentamientos humanos, señaló Anaís Velasco, coordinadora del área de investigación del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda).

Agregó que tampoco existe el enfoque de derechos humanos en los temas de participación ciudadana y acceso a la información, aspectos fundamentales de acuerdo con la observación general 15 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para lograr el debido acceso al líquido, así como la política tarifaria.

Velasco señaló que cambiaron los términos privado por social en la prestación de servicios públicos y no se plantea que, si bien pueden participar los privados, el Estado debería vigilar que se cumpla con los requerimientos mínimos del derecho humano al recurso.

La iniciativa, dijo, debe asegurar el derecho de acceso, así como instalaciones y servicios sobre una base no discriminatoria, en especial en lo que respecta a los grupos vulnerables o marginados.

Asimismo, precisó, debe garantizarse el acceso sostenible a los recursos hídricos con fines agrícolas de subsistencia para el ejercicio del derecho a una alimentación adecuada, lo cual implica que debe hacerse lo posible para asegurar que los agricultores desfavorecidos y marginados, en particular las mujeres, tengan acceso equitativo al agua y a los sistemas tradicionales de gestión.

Agregó que también se debe asegurar el acceso al líquido de los pueblos indígenas y comunidades equiparables en sus tierras ancestrales, y los estados tienen que facilitar recursos para que planifiquen, ejerzan y controlen ese derecho.

Las autoridades deben velar para que, en caso de que un estado o tercero haga algo que interfiera con la garantía de tener agua de una persona, se respeten los derechos a la información, participación y consulta, así como la disponibilidad de vías de recurso y reparación para los afectados, incluyendo la asistencia jurídica, concluyó Anaís Velasco.