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La resolución considera inconstitucionales aspectos de la ley en que se basó el fallo

Ordena juez a la Función Pública cancelar inhabilitación de la empresa Oceanografía

La sentencia no es definitiva y tanto la secretaría como el Congreso tendrán 10 días para apelar

 
Periódico La Jornada
Viernes 7 de noviembre de 2014, p. 28

El juez federal Antonio Rodríguez ordenó este jueves a la Secretaría de la Función Pública (SFP) cancelar la inhabilitación impuesta en febrero pasado a la empresa Oceanografía, para que pueda continuar recibiendo contratos públicos.

Se trata de la segunda sentencia de miembros del Poder Judicial Federal (PJF), luego de que hace cuatro meses el juez rector del concurso mercantil de Oceanografía, Felipe Consuelo Soto, falló en el mismo sentido.

La resolución del juez Antonio Rodríguez, titular del juzgado decimocuarto de distrito con sede en Coatzacoalcos, Veracruz, sentenció que son inconstitucionales ciertos aspectos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, que fue el fundamento de la SFP para inhabilitar a Oceanografía por un año, nueve meses y 12 días.

Dicha normativa, que el juez considera inconstitucional en alguna de sus partes, establece que cuando a una empresa se le impongan dos o más inhabilitaciones, los plazos respectivos correrán de manera sucesiva, no simultánea.

A Oceanografía le fueron impuestas nueve sanciones en procedimientos distintos, todos abiertos por la presentación de pólizas de fianza que no cubrían al menos 10 por ciento del monto de igual número de contratos firmados con Pemex Exploración y Producción.

La sentencia no es definitiva, por lo que la SFP y el Congreso de la Unión tienen 10 días para impugnarla ante un tribunal colegiado de circuito.

La Ley Federal Anticorrupción entró en vigor en junio de 2012, y el caso Oceanografía fue el primero de relevancia nacional en el que fue aplicada.

En el caso de la resolución emitida por el juez del concurso mercantil de Oceanografía, Felipe Consuelo, no se refiere a cuestiones de inconstitucionalidad, sino que fue una resolución precautoria para evitar que la empresa cayera en insolvencia y dejara de ser viable en temas financieros.