Política
Ver día anteriorSábado 25 de octubre de 2014Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

No se ha comprobado que sea deuda exigible, resolvió Felipe Consuelo Soto

Elimina juez civil cinco de los créditos que Banamex concedió a Oceanografía

La institución bancaria podría recuperar los pasivos si promueve y gana una apelación

 
Periódico La Jornada
Sábado 25 de octubre de 2014, p. 17

El juez tercero de distrito en materia civil, Felipe Consuelo Soto, determinó excluir de la lista de acreedores de Oceanografía cinco créditos que Banamex le concedió a esa compañía por un monto total de 405 millones 901 mil dólares, porque no se ha comprobado que sea deuda exigible a la empresa de Amado Yáñez Osuna, empresario acusado de fraude por 500 millones de dólares contra la institución bancaria.

La resolución judicial se dio a conocer mediante la lista de acuerdos del juzgado, como parte del concurso mercantil (proceso de quiebra de carácter judicial), y en ella se notifica que se reconocieron los adeudos que Oceanografía contrajo con 245 acreedores, y desconoció los créditos concedidos por 38 proveedores, entre ellos Banamex y distintas filiales de Citibank.

La única posibilidad que Banamex tiene para recuperar la deuda contraída por Oceanografía es que promueva y gane una apelación contra esta decisión. Oceanografía adeuda a todos sus acreedores alrededor de 14 mil millones de pesos.

En su resolución, el juez Consuelo Soto señaló que los créditos propuestos en favor de Banco Nacional de México, sociedad anónima, integrante del Grupo Financiero Banamex y Banco Nacional de México, sociedad anónima, integrante del Grupo Financiero Banamex, División Fiduciaria, no se acredita la certeza del adeudo a cargo de la concursada.

La propuesta realizada por el conciliador del concurso mercantil, José Antonio de Anda Turati, fue analizada por el juez y éste determinó no aceptar todos los créditos reclamados por Banamex y sus filiales, pues consideró que “si bien se exhibieron los documentos en los que se basaron los montos a proponer, no basta con probar que existe un nexo causal entre las citadas instituciones de crédito y la concursada, sino que debe quedar plenamente acreditado el origen de la deuda, que sea real, líquida y exigible, pues los contratos que refiere el conciliador, consistentes en certificados contables y solicitudes indicadas, acompañadas con copias simples de diversas estimaciones o facturas, así como copias o impresiones de diversos estados de cuenta, no resultan pruebas fehacientes ni suficientes con las que se acrediten las deudas y las cantidades que propone sean reconocidas.

“Era necesario establecer las razones por las que todos los documentos exhibidos por las citadas acreedoras, que permitan advertir de manera clara el origen del adeudo, su monto y que éste es exigible y líquido, es decir, justificar las cantidades que propone reconocer, y con esos elementos estar en condiciones de determinar si se aprueban.

“Además, el especialista señala que hay diferencias en la contabilidad de la comerciante con los créditos reclamados, sin que precisara cuáles son esas diferencias y po rqué en su concepto sí son comprobables los montos en favor de las acreedoras. Así también, al detallar los anexos 1 y 2 que sustentan los créditos 14.24 y 14.25, el auxiliar afirma que al no tener facturas o estimaciones a la vista que respaldaran solicitudes de disposición de recursos, no pudo verificar la validez de las mismas, lo que trae como consecuencia que no se tenga la certeza plena de la existencia y monto de los adeudos reclamados, pues las facturas o estimaciones fueron exhibidas en copia simple, por lo que carecen de validez probatoria.

En esa tesitura, no es dable reconocer los créditos identificados (...) en virtud de que no se cuenta con los elementos que sustenten y sean suficientes para comprobar la existencia de los adeudos ni las cantidades que se propone reconocer en la lista definitiva, refiere la resolución dictada y que puede ser consultada de manera completa en el portal del Consejo de la Judicatura Federal.

La deuda de Oceanografía, según estimaciones de funcionarios judiciales, supera los 14 mil millones de pesos, y de acuerdo con las reglas de la Ley de Concursos Mercantiles, los pasivos de Oceanografía deben ser establecidos en Udis, situación que permite mejores dividendos para los acreedores, en caso que se consiga un empresario o compañía que quiera adqurir la naviera.

Una vez aceptada la lista definitiva de acreedores, judicialmente se avanzará en la resolución de si Oceanografía es declarada en quiebra y sus bienes se rematan para cubrir los adeudos que tiene, inicialmente con los trabajadores en cuanto a liquidación; luego con diversas instituciones gubernamentales, como el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Infonavit.

El conciliador José Antonio de Anda Turati deberá negociar con los acreedores una quita de la deuda, con disminuciones que pueden llegar a porcentajes que podrían ir de 10 a 50 por ciento, a fin de alcanzar acuerdos que permitan la recapitalización de la compañía que presta 37 por ciento de los servicios de transportación de petróleo y combustibles desde las plataformas a tierra firme, y tiene a su cargo diversas obras de construcción y exploración para Petróleos Mexicanos.

Otros bancos nacionales e internacionales con los que Oceanografía tiene adeudos, de acuerdo con la resolución del juez Felipe Consuelo Soto, son Santander, Banorte, Investkredit AG, Hessen-Thüringen y Bayerische Landesbank.