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Fija severas sanciones para comunicadores que los dañen con información no verídica

Recibe el Senado iniciativa de Peña Nieto para proteger a niñas, niños y adolescentes
 
Periódico La Jornada
Miércoles 3 de septiembre de 2014, p. 21

El Senado dio entrada a la iniciativa preferente del presidente Enrique Peña Nieto, la ley general para la protección de niñas, niños y adolescentes, en la que se establece un capítulo especial para proteger a los niños migrantes no acompañados, a los que se les dará una visa humanitaria, mientras la Secretaría de Gobernación les ofrecerá alternativas jurídicas humanitarias, temporales o permanentes, para el retorno a sus países de origen.

La propuesta del Ejecutivo establece asimismo que en el caso de menores sustraídos por algún familiar y llevados al extranjero, la Secretaría de Relaciones Exteriores iniciará un proceso para localizarlos y traerlos de vuelta.

También se precisa que si los menores son trasladados o retenidos ilícitamente en territorio nacional por quienes ejercen la patria potestad, la tutela, la guarda y /o custodia, las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal estarán obligadas a coadyuvar en su localización, mediante los programas para la búsqueda, localización y recuperación.

En el capítulo de sanciones, se establece cárcel de dos a cuatro años para periodistas de medios electrónicos e impresos, incluso para el editor, que difunda o transmita el nombre, imágenes, voz o información de niñas, niños y adolescentes que denigren a los menores, al difundir información no verídica, y retiro de concesiones de radio y televisión que promueven la violencia y la apología del delito y con ello tengan una influencia perturbadora en el desarrollo de los menores, y cubrirán una multa de 15 mil a 40 mil días de salario.

Se detalla que esa misma pena (de dos a cuatro años de cárcel y multa de 15 mil a 40 mil días de salario) se impondrá al funcionario público que intervenga en procedimientos administrativos o judiciales en que estén relacionados menores de edad, si realiza la divulgación, difusión o transmisión de datos personales que violen el derecho a la intimidad de los niños y adolescentes.

Asimismo, se explica en la iniciativa, las autoridades federales conocerán de dicho delito cuando la divulgación o transmisión de la información se realice por medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión, así como por medios impresos cuyo tiraje se distribuya en dos o más entidades federativas. En los demás casos serán perseguidos y sancionados por las autoridades locales competentes.

De igual forma, se detalla en la iniciativa del Ejecutivo que los niños y adolescentes tienen derecho a convivir con sus padres cuando éstos se encuentren privados de su libertad; las autoridades competentes deberán establecer las condiciones necesarias para que esta convivencia se realice de forma adecuada, conforme a las disposiciones aplicables.

De acuerdo con la Constitución, el Senado cuenta con 30 días naturales para aprobar la iniciativa. El presidente de la Comisión de Educación, el panista Juan Carlos Romero Hicks, adelantó que revisarán el capítulo de sanciones.