Opinión
Ver día anteriorSábado 30 de noviembre de 2013Ver día siguienteEdiciones anteriores
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Reforma constitucional en transparencia
E

l pasado martes, la Cámara de Diputados ratificó por fin, y ya sin cambios, con 424 votos a favor, 16 en contra y cuatro abstenciones, la minuta en materia de transparencia que le fue devuelta la semana pasada con modificaciones por el Senado, luego de que éste la había ya también aprobado el 20 de noviembre, con 83 votos a favor y seis en contra.

La reforma plantea modificaciones a los artículos 6, 73, 76, 78, 89, 105, 108, 110, 111, 116 y 122 de la Carta Magna, que pueden significar un avance en la garantía del derecho de acceso a la información en el país. Entre las modificaciones aprobadas relevantes se encuentran: 1) la creación de un nuevo organismo autónomo responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales, que sustituirá al IFAI, encargado de coordinar sus acciones con la entidad de fiscalización superior de la Federación, entre otras entidades; 2) la ampliación de sus competencias, ya que podrá conocer de los recursos interpuestos por particulares ante los órganos garantes de los estados y del Distrito Federal; 3) la ampliación a todos aquellos que reciben recursos públicos, del número de sujetos obligados a rendir cuentas, incluidos organismos autónomos, partidos políticos, sindicatos, fideicomisos, así como cualquier persona física o moral que reciba y ejerza fondos públicos, o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal o municipal; 4) en adelante las resoluciones del órgano garante serán definitivas e inatacables para los sujetos obligados. Sin embargo, el consejero jurídico del gobierno tendrá la posibilidad de interponer recursos de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, si éstas atentan contra la seguridad nacional, facultad que en la discusión de la minuta fue con razón objetada por representantes del Partido del Trabajo y del Movimiento Ciudadano.

Asimismo, y en consonancia con las modificaciones derivadas de la reforma en telecomunicaciones ya aprobada, el Senado también modificó la fracción primera del artículo 105, para otorgarles a los órganos autónomos constitucionales, al Poder Ejecutivo y al Congreso de la Unión, la posibilidad de interponer controversias constitucionales en su contra, si la actuación del órgano garante no cumple con los principios establecidos en el artículo sexto constitucional. Lo que también con razón preocupa a organizaciones de la sociedad civil, y fue igualmente muy discutido en la Cámara de Diputados, porque podría constituir un límite a su labor autónoma.

Sin embargo, este mismo artículo faculta por otro lado al nuevo órgano a promover controversias constitucionales en contra de leyes y tratados internacionales que violenten el derecho de acceso a la información, así como el derecho de protección de datos personales.

El órgano mencionado en adelante contará con siete comisionados, es decir, dos más de los que actualmente tiene. Y éstos serán nombrados por la Cámara de Senadores, previa consulta amplia con la sociedad, aunque también podrán ser objetados por el Poder Ejecutivo. En la reforma igualmente se establece que si los actuales comisionados quisieran seguir en el cargo, tendrán que presentar su petición al Senado y, de ser aprobados, sólo podrán permanecer en sus funciones por el periodo al que originalmente fueron designados. Los cambios en el cuerpo colegiado del órgano garante se harán de la misma manera y en forma escalonada. Como se trata de una reforma constitucional, ahora toca el turno a las legislaturas locales para que la aprueben. Lo que sin duda enfrentará la resistencia a la rendición de cuentas en los estados y municipios. Y una vez publicada, entrará en vigor al día siguiente, y se tendrán a más tardar 90 días para designar a los dos nuevos comisionados del órgano que sustituirá al Ifai.

Es importante que para su elección, que indudablemente será vigilada por las organizaciones que han impulsado el tema de la transparencia y la rendición de cuentas en el país, el Senado tenga que realizar una amplia consulta a la sociedad. Se prevé igualmente la creación de un consejo consultivo, cuyas atribuciones y procedimiento de elección quedarán definidos en una ley general, al cual debemos estar atentos. Habrá también que estarlo en la elaboración de esa misma ley general porque, como bien se dice, en la letra chiquita están los detalles.

A más de un año de iniciado este proceso de reforma, es importante que los cambios propuestos para el fortalecimiento de un sistema nacional de rendición de cuentas se consoliden. Su fin último será el garantizar el derecho de acceso a la información pública para todas las personas. Sobre todo porque el ejercicio del derecho de acceso a la información y a la rendición de cuentas puede contribuir al empoderamiento social, a la superación de la pobreza y al combate a la corrupción. Fenómeno que afecta, y mucho, a la protección y garantía de los derechos humanos. Mediante la aprobación de dicha reforma, y su efectiva implementación, podrán ser superados algunos de los retos que actualmente enfrenta el ejercicio del derecho de acceso a la información, como el deficiente conocimiento que la ciudadanía tiene sobre su derecho a ser informados, especialmente en zonas rurales, donde difícilmente existe el acceso a Internet. Así como la resistencia de las autoridades a rendir cuentas de cada una de las decisiones que toman, y de cada peso que gastan en la gestión pública.