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Está acusado de asesinar a su ex pareja sentimental y a un hombre

Niega la Corte amparo a militar

Pedía ser juzgado por autoridades castrenses; será en el fuero común

 
Periódico La Jornada
Viernes 7 de septiembre de 2012, p. 16

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó ayer el amparo a un sargento segundo acusado de matar a su ex pareja sentimental, que se encontraba en su domicilio con un hombre, y resolvió que el proceso penal sea resuelto por el juez civil de primera instancia con sede en Baja California Sur.

Al continuar la discusión sobre los límites del fuero militar, los ministros resolvieron que aun cuando los tres militares estaban en activo –y el presunto asesino en horas de servicio–, los cargos en contra del sargento segundo Daniel Jiménez Pérez, que le imputó un juez civil (homicidio doloso, traición y robo a casa habitación), no atentan contra la disciplina castrense y por lo tanto son de competencia de un juez ordinario.

Jiménez Pérez era cocinero del hospital militar con sede en La Paz, Baja California Sur, y en las primeras horas del 16 de julio de 2010, estando de guardia en el nosocomio se escapó y llegó al domicilio de Elizabeth Flores García –quien era soldado oficinista–, que se encontraba en el lugar con el capitán dentista Carlos Armando Villa García, matando el primero a ambos.

El acusado se había amparado en contra del auto de formal prisión dictado por el juez civil, pues pretendía que el juicio, iniciado en el fuero común, se ventilara en el fuero militar.

Jorge Pardo, quien junto con el ministro ponente Sergio Aguirre votó en el sentido de que el asunto era de competencia del fuero militar, argumentó que los hechos ocurridos fueron cometido por una persona en servicio y siendo activo del Ejército, además de que estaba en servicio al momento en que se cometió el homicidio.

Siendo un militar en activo y en servicio, y siendo también las víctimas personas activas en el Ejército, se surte la competencia militar, indicó Pardo, quien agregó que de acuerdo con el Código de Justicia Militar encuadraban los delitos de insubordinación y abuso de autoridad con resultado de privación de la vida.

La mayoría consideró que no eran delitos militares y pasaron a discutir si el asunto era del fuero común o del federal. Ganó la opinión de quienes consideraron que le corresponde conocer del asunto al juzgado ordinario civil (Sergio Aguirre, Margarita Luna, Fernando Franco, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Juan N. Silva Meza y José Ramón Cossío) que conoció inicialmente la causa, porque los delitos imputados corresponden a ese fuero, sin importar si se trataba de militares en activo.

La minoría (Olga Sánchez Cordero, Arturo Zaldívar, Jorge Pardo y Luis María Aguilar) argumentaron que por ser servidores públicos federales, le corresponde conocer el asunto a un juez penal federal.

El próximo lunes, el pleno continuará la discusión de los amparos relacionados con los límites del fuero militar.