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Viola la ley la sustitución de postulantes para cumplir la cuota de género, considera

Revoca el TEDF registro a seis candidatas del PAN a delegadas

Avala listas para las 16 demarcaciones de PRD-PT y MC y del PRI pese a incumplir la norma

Inaplicable la legislación cuando los lugares se ganaron en una elección, señala el tribunal

 
Periódico La Jornada
Sábado 9 de junio de 2012, p. 34

El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) revocó el registro de seis candidatas del PAN a jefaturas delegacionales y ordenó al partido y al Instituto Electoral local (IEDF) registrar a los militantes a los que la dirigencia nacional del partido canceló su candidatura para sustituirlos a fin de cumplir la cuota de género.

El pleno del órgano electoral confirmó, además, los registros de las 16 candidaturas a jefaturas delegacionales de PRD-PT-MC y PRI con 10 hombres y seis mujeres, aun cuando rebasa en 2.5 puntos porcentuales la norma que impide registrar más de 60 por ciento de candidatos de un mismo género, y que fueron impugnados por el PAN al considerar que dicha cuota se cumple postulando nueve hombres y siete mujeres.

En este caso, el proyecto de resolución aprobado por mayoría de cuatro votos a favor y uno en contra, fijó un pronunciamiento dirigido a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) para que reforme la ley electoral a fin de que la cuota de género no sea aplicable en la elección de jefes delegacionales.

El artículo 296 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del DF señala que: Del total de candidaturas a diputados por el principio de mayoría relativa y jefes delegacionales que postulen los partidos políticos ante el Instituto Electoral, en ningún caso podrán registrar más de 60 por ciento de candidatos propietarios de un mismo género.

En su proyecto, el magistrado ponente Adolfo Riva Palacio planteó que en una interpretación histórica, sistemática y funcional de la norma, únicamente es aplicable a la elección de diputados de la ALDF.

Consideró apegada al derecho la decisión de los consejeros del IEDF en el acuerdo correspondiente, que ante la imposibilidad de aplicar de manera literal dicho porcentaje, acudieron a la teoría de los números para interpretar la norma en beneficio de los partidos políticos postulantes y sus candidatos.

En sesión pública, que se prolongó por casi seis horas, los magistrados electorales resolvieron revocar los registros de las candidatas Violeta Vázquez, de Iztacalco; Judith Rojas, de Magdalena Contreras; Martha Doria Campuzano, de Milpa Alta; Arminda Calzada, de Tláhuac; Miriam González, de Xochimilco, y Quejaritomene De Tellitu de Venustiano Carranza y registrar en dichas demarcaciones a Carlos Gutiérrez Franzoni, Mario Édgar Olmos, Misael Pérez Cruz, José Luis Martínez Galicia, Jesús Medina Palacios y Francisco Ramírez Cabrera, respectivamente, quienes habían sido sustituidos para cumplir la cuota de género.

En este caso, prevaleció el criterio de que no existe una norma que obligue a los partidos a presentar una lista ajustada a cuota de género cuando las candidaturas son resultado de procesos de elección mediante el voto individual, libre y secreto.

Los magistrados encontraron también contradicciones en la ley electoral y deficiencias en la redacción de la norma.