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Los medios de comunicación no podrán ser objeto de ninguna sanción: Alfredo Figueroa

Violaciones a la veda electoral sólo afectarán a partidos: IFE

Da a conocer el instituto los lineamientos que regularán el periodo de intercampañas

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Los consejeros Marco Antonio Baños, Benito Nacif y Lorenzo Córdova, el pasado miércolesFoto Carlos Cisneros
 
Periódico La Jornada
Viernes 17 de febrero de 2012, p. 5

Aprobados por el Instituto Federal Electoral (IFE) en las primeras horas de este jueves, los lineamientos que regularán el periodo de intercampañas no sólo restringirán la promoción de partidos y precandidatos y eliminará hasta el 29 de marzo los promocionales partidistas, sino que los obligará a retirar toda su propaganda electoral de los procesos internos federales antes del primero de marzo. Sin embargo, esta última decisión coexistirá con la propaganda correspondiente a elecciones internas para procesos locales, que podrá mantenerse.

En el documento –aprobado por unanimidad– se introdujeron otras restricciones, entre ellas que se regulará la propaganda de los informes de gestión de funcionarios públicos y legisladores, a quienes se les impedirá utilizar logos partidistas para evitar que ello impacte en la equidad de la contienda.

Con lo anterior se impedirán prácticas como las realizadas por el Partido Verde Ecologista de México, que en 2009 llevó a cabo una intensa campaña de promoción de sus informes de legisladores, con la inclusión de su emblema, dijo el consejero Alfredo Figueroa.

Al hablar sobre los alcances de los lineamientos, el funcionario electoral subrayó que en todo momento el régimen de restricciones de promoción del voto, la difusión de propaganda electoral, los debates entre precandidatos o acceder a radio y televisión corresponden a los partidos políticos y coaliciones. En ningún caso, enfatizó, podrá haber sanción alguna para un medio de comunicación que –en su caso– al realizar entrevistas, éstas deriven en los supuestos restringidos.

Es decir, los precandidatos podrán otorgar entrevistas siempre y cuando no hagan llamados a sufragar por ellos o aludan a su propaganda electoral, lo que supondría incurrir en actos anticipados de campaña, y serían considerados como tales a partir de este jueves y hasta el 29 de marzo. Figueroa mencionó que en los lineamientos aprobados no existe ninguna restricción a la libertad de expresión o al ejercicio periodístico, no así en los casos que se han registrado, donde se simula esta práctica para vender espacios en radio y televisión.

Conforme al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), quien infrinja las restricciones legales para hacer campaña electoral puede hacerse acreedor a multas o incluso a la cancelación del registro como candidato.

El consejero Figueroa señaló que el régimen de restricciones se aplica a medios de comunicación electrónicos, impresos o cualquier otro, lo que involucra a las redes sociales. A pregunta expresa sobre la falta de regulación en Internet, el consejero mencionó que los precandidatos presidenciales sí están sujetos a una regulación especial que no les impide comunicarse por redes sociales para asuntos personales, pero en ningún caso para promover su candidatura o a su partido.

Uno de los temas más cuestionados durante la sesión en que se aprobaron los lineamientos se relacionó con el retiro de la propaganda electoral en mantas, bardas, pendones o espectaculares, la cual deberá retirarse al finalizar el mes.

Esta situación será absoluta en 17 entidades donde sólo hay elecciones federales; sin embargo, en otros 15 estados donde hay elecciones coincidentes y en las cuales los calendarios de precampañas, intercampañas y campañas están desfasados del proceso federal, se mantendrán los promocionales.