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Acelera PGR trámites sobre agentes desparecidos
 
Periódico La Jornada
Domingo 22 de enero de 2012, p. 20

La titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Marisela Morales Ibáñez, ordenó a los agentes del Ministerio Público Federal que paralelamente al inicio de una averiguación previa relacionada con la desaparición de una persona, se solicite a jueces federales medidas provisionales para que de manera oportuna se hagan las declaraciones de ausencia y de presunción de muerte del desparecido.

Lo anterior, indicaron funcionarios federales, tiene la finalidad de, por ejemplo, en los casos de policías federales que han sido privados de su libertad desde hace más de un año y se ha presumido que han sido asesinados, que sus familiares puedan cobrar sus seguros de vida y reclamar otras prestaciones, a las cuales no tienen acceso por no haberse hecho la declaración correspondiente.

A este respecto la Comisión Nacional de los Derechos Humanos estima que el número de personas desaparecidas en los últimos cinco años podría superar 5 mil casos.

Acuerdo con procuradores

Para conocer la dimensión del problema que se vive en muchas entidades del país a consecuencia de las disputas entre grupos criminales y de la llamada guerra contra el narcotráfico, la PGR impulsó un acuerdo con el resto de las procuradurías del país para buscar mecanismos que ayuden a las familias de personas desaparecidas a que de manera más pronta se realicen las declaratorias de desaparición o presunción de muerte del desaparecido.

Asimismo, el acuerdo fue signado por los gobernadores del país durante la última sesión del Consejo Nacional de Seguridad Pública, celebrada en Palacio Nacional en diciembre pasado.

Para dar cumplimiento a sus compromisos, la PGR publicó en el Diario Oficial de la Federación la circular C/004/11 en la cual Marisela Morales señala que ante la difícil situación que atraviesan los familiares de las víctimas u ofendidos de los delitos, en aras de impulsar los procedimientos legales aplicables, es oportuno que los agentes del Ministerio Público Federal que conozcan o inicien una averiguación previa relacionada con la desaparición de una persona, promuevan las acciones correspondientes para solicitar las medidas provisionales y las declaraciones de ausencia y de presunción de muerte, de conformidad con el procedimiento establecido en el Código Civil federal.