Política
Ver día anteriorLunes 19 de diciembre de 2011Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Ello requeriría revisar varios artículos constitucionales, dicen

Tras el cambio al 24, sigue legislar sobre la objeción de conciencia: diputados
 
Periódico La Jornada
Lunes 19 de diciembre de 2011, p. 7

Los grupos de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática en la Cámara de Diputados definieron que, para garantizar el ejercicio de la libertad de religión, el Congreso de la Unión debe legislar en el futuro sobre otras libertades, como la objeción.

En este caso, expone el dictamen de reforma al artículo 24 constitucional que los diputados de esos partidos aprobaron el jueves pasado, debería tomarse la propuesta de la Conferencia del Episcopado Mexicano de autorizar la objeción de conciencia, cuando ésta entre en conflicto ante posibles disposiciones legales en el campo de la salud, de la biotecnología, en la administración pública, en los medios de comunicación y en la labor educativa.

Lo importante, expresa el dictamen en sus considerandos, es que la libertad de conciencia pierda su trasfondo de ilegalidad, de modo que su legitimidad se acepte de inicio, salvo que se demuestre lo contrario, caso por caso, en el ámbito jurisprudencial.

Bases del Pacto de San José

La reforma, que surgió de una iniciativa del PRI, tiene por objeto incluir en la Constitución las bases del Pacto de San José, respecto de la libertad religiosa, pero acota que por el momento no es posible legislar en los elementos por los cuales es posible ejercerla.

Cada legislador, cuando lo considere conveniente, podrá establecer un sistema legal que permita la objeción de conciencia; para ello se requeriría revisar, alega, los artículos 3, 5, 27 y 130 constitucionales y la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

En el documento, que en su contenido íntegro sólo fue conocido por diputados de PRI y PAN, se afirma que, por el momento y por prudencia, y hasta donde las condiciones y compromisos de los grupos parlamentarios lo permitieron, sólo pudo legislarse en el reconocimiento de la libertad religiosa.

Toda vez que la libertad religiosa implica otros temas sobre los cuales se debatirá en el futuro, y desafortunadamente no podría concretarse el avance que representa la propuesta de la iniciativa, si no se soslayan por el momento algunos aspectos, explica.

Entre éstos, priístas y panistas en la Comisión de Puntos Constitucionales –y luego el pleno en la votación– ponderaron que una de las próximas reformas debe tener como eje la objeción de conciencia.

Esto, consideraron, a partir de la opinión de que toda persona tiene derecho a incumplir una obligación legal y de naturaleza personal cuya realización produciría en el individuo una lesión grave de la propia conciencia o de las creencias profesadas.

Cita pasajes históricos de la objeción de conciencia, entre ellos el caso de los primeros cristianos, negándose a sacrificar a los dioses paganos, y el de Tomás Moro, negándose a presentar juramento a las disposiciones de Enrique VIII ni a obedecer el Acta de sumisión de la jerarquía eclesiástica al rey de Inglaterra.

El dictamen, votado por la Cámara y enviado como minuta al Senado, resalta: “Conviene recordar que la objeción de conciencia ha marchado históricamente en paralelo con la libertad religiosa, constituyendo una de sus dimensiones centrales.

La conciencia que es protegida por este derecho es siempre individual y no la de una determinada creencia religiosa. (Es decir), la cualidad de objetor depende de los propios postulados de moralidad del sujeto y no de la pertenencia a una determinada confesión o grupo religioso.